Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2007 (02/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

352559

Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 102397-1

ESTABLECEN LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION JURADA DE INFORMACION COMPLEMENTARIA PARA LA DETERMINACION DE LAS TASAS POR ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL CERCADO DE MORDAZA Articulo 1°.- Definiciones A efectos de la presente MORDAZA, se tendra en cuenta las siguientes definiciones: - MML: Municipalidad Metropolitana de Lima. - SAT: Servicio de Administracion Tributaria de la MML. - Declaracion Jurada: La comunicacion de la informacion solicitada en la presente MORDAZA y que tiene caracter de jurada, sin admitir prueba en contrario. - Predio: Se considera predio a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados a los MORDAZA y a otros espejos de agua, asi como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacion. Articulo 2°.- Finalidad La presente MORDAZA regula la obligacion de presentar una Declaracion Jurada, a fin de contar con mayor informacion para el MORDAZA de determinacion de las tasas por arbitrios municipales. Articulo 3°.- Ambito de aplicacion Se encuentran obligados a la MORDAZA de la Declaracion Jurada, todos los propietarios de los predios ubicados en el Cercado de MORDAZA, y los poseedores en los casos en que la existencia del propietario no pudiera ser determinada. Articulo 4°.- Contenido de la Declaracion Jurada Los obligados consignaran en la Declaracion Jurada, la siguiente informacion: 4.1. Para los casos de predios destinados a vivienda El numero de habitantes, sin considerar la edad de los mismos. 4.2. Para los casos de predios destinados a usos distintos al de vivienda Aforo: El numero MORDAZA autorizado de personas que puede admitir un predio. Giro del negocio: El MORDAZA de actividad economica que se realiza en el predio. Si un predio se encontrase destinado a mas de un uso, incluido el de vivienda, se consignara el numero de habitantes asi como el aforo, de cada espacio que se ocupe por MORDAZA de actividad economica. Articulo 5º.- De la forma de MORDAZA Para registrar la Declaracion Jurada, el administrado debera exhibir el documento de identidad correspondiente. Tratandose de representacion legal, el representante solo exhibira el documento de identidad siempre que se encuentre inscrito como tal ante la Administracion; caso contrario, debera presentar poder simple y especifico que lo acredite como representante. Articulo 6°.- Lugar y fecha de MORDAZA La Declaracion Jurada se presentara en la Sede Central y en las Oficinas Descentralizadas del SAT, a partir del 3 al 15 de setiembre de 2007. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada ocasionara que la Administracion Tributaria utilice MORDAZA alternas de informacion para la obtencion de los datos solicitados en virtud de la presente norma. Segunda.- La MORDAZA de datos falsos constituye infraccion tributaria, y sera sancionada de conformidad con el numeral 4 del articulo 176 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario. Tercera.- Las actualizaciones, correcciones o rectificatorias realizadas entre el 16 de setiembre del 2007 y el 31 de agosto del 2008, surtiran efectos para la determinacion de la tasa de arbitrios municipales del ejercicio 2009, salvo las que traten de una primera inscripcion o transferencia de propiedad.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen obligacion de presentar Declaracion Jurada de informacion complementaria para la determinacion de las tasas por Arbitrios Municipales en el Cercado de MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 57-2007-CD-SAT (206-163-00000057) MORDAZA, 27 de agosto de 2007 Vista, la propuesta de establecer la obligacion de presentar declaracion jurada de informacion complementaria para la determinacion de las tasas por Arbitrios Municipales en el Cercado de MORDAZA, expuesta ante el Consejo Directivo del SAT en la Sesion Ordinaria Nº 33-2007-CD-SAT. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional establecio a traves de la Sentencia recaida en el Expediente N° 0053-2004TC/PI, criterios basicos para la distribucion del costo que demanda la prestacion de los arbitrios municipales. Que, de las coordinaciones con el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, los datos relacionados al numero de habitantes, son accesibles a terceros unicamente en lo que respecta al numero de habitantes por manzana, mas no el numero de habitantes por predio. Que, en virtud a ello, resulta oportuno que los propios contribuyentes proporcionen informacion complementaria a la Administracion Tributaria, que nos permita mejorar la determinacion de los arbitrios municipales. Que, cabe indicar que el articulo 88 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario senala que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar, la cual podra constituir la base para la determinacion de la obligacion tributaria; de lo cual se desprende que las declaraciones pueden ser o no determinativas para las obligaciones tributarias. Que, estando a las facultades conferidas al Consejo Directivo del SAT, en el literal a) del articulo 13 de la Ordenanza Nº 936; ACUERDAN: Articulo Unico.- Establecer laobligacion de presentar declaracion jurada de informacion complementaria para la determinacion de las tasas por Arbitrios Municipales en el Cercado de MORDAZA, cuya regulacion forma parte del presente Acuerdo de Consejo, y consta de seis (6) articulos y cuatro (4) Disposiciones Finales. MORDAZA LOZAN MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Jefe del Servicio de Administracion Tributaria

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