Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (02/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano352561 Artículo Tercero. - Hacer de conocimiento del Consejo de Coordinación Local Distrital los alcances del presente reglamento. Artículo Cuarto .- Encargar a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de La Molina, brinden las facilidades y presten el apoyo necesario para la realización del Presupuesto Participativo para el año 2008. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 DEL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- Alcance La presente directiva es de aplicación al desarrollo de los talleres a realizarse dentro del Marco del Proceso de Programación del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de La Molina para el ejercicio 2008. Artículo Segundo.- Base Legal - Constitución Política del Perú. - Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783. - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972- Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056 y sus modi fi catorias. - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública Nº 27293 y sus modi fi catorias. - D.S. Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056. - Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008 aprobado por R.D. Nº 08-2007-EF/76.01. - Ordenanza Nº 147 de fecha 20 de julio del 2007 que aprueba el marco del Proceso del Presupuesto Participativo del distrito de La Molina para el año 2008. Artículo Tercero: Reglas básicas para los talleres (a) Tolerancia. A pesar que las posiciones puedan ser distintas, éstas deben respetarse y escucharse. (b) Consenso. Los acuerdos adoptados son por consenso o de no lograrse éste, por mayoría. (c) Celeridad. Las intervenciones son breves y enfocadas en el tema de discusión. No deben durar más de tres minutos. (d) Objetividad. Las posiciones versan sobre temas, datos y hechos concretos, no cali fi can a personas ni a instituciones. (e) Democracia. Todos tienen la oportunidad de hablar y proponer así como de ser escuchados. (f) Institucionalidad. El debate se rige por reglas pre establecidas y conocidas por todos. El primer acuerdo que se adopta en consenso es respecto de las mismas. Artículo Cuarto.- Identi fi cación e intervención de los agentes participantes Para gozar del derecho de voz y de voto en el proceso, cada uno de los agentes participantes de la sociedad civil, deberá estar inscrito en el “Registro de Agentes Participantes para el Proceso Participativo 2008 de la Municipalidad de La Molina”, en el cual se consignará su nombre, número de documento de identidad, dirección, nombre de la organización a la que representa y su cargo en esta, de corresponder. Las organizaciones de la sociedad civil podrán acreditar un agente participantes titular y un alterno, los mismos que podrán participar indistintamente, uno en reemplazo del otro. A los agentes participantes titulares y alternos se les asignará un color diferente, el cual permitirá identi fi car su condición. Los miembros del Consejo de Coordinación Local, el Alcalde y los miembros del Concejo Municipal son agentes participantes con derecho a voz y voto, siendo identi fi cados con un color diferente a los asignados a los agentes participantes representantes de la sociedad civil. No se permite la participación de apoderados o representantes de los agentes participantes, designados por éstos mismos. Sólo se permite la participación de los titulares y de los alternos, acreditados según el mecanismo establecido en la Ordenanza Nº 147 y en este reglamento.Artículo Quinto.- Desarrollo de los Talleres de Trabajo Las reuniones podrán ser descentralizadas y por sectores, en cualquier local de la jurisdicción del distrito, a criterio del Equipo Técnico. Se convocará de acuerdo a lo previsto en el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 147, señalándose el día, lugar y hora. Se preverá una tolerancia de 30 minutos para el inicio de los talleres. Las intervenciones de los agentes participantes deberán respetar las reglas básicas establecidas en el Artículo Tercero y no deberán exceder de tres (3) minutos por cada agente participantes. El Equipo Técnico si lo considera pertinente podrá extender las intervenciones por dos (2) minutos adicionales. 1) Primera Etapa En la primera etapa se llevará a cabo la presentación de la Rendición de Cuentas sobre el avance en el logro de los objetivos estratégicos y del proceso participativo previo, y el Plan Integral de Desarrollo del distrito de La Molina 2) Segunda Etapa a) Primer Taller: Diagnóstico Temático y Territorial Comprende el desarrollo de reuniones de trabajo en las que, desde una perspectiva temática y territorial, en el marco del Plan de Integral de Desarrollo, se identi fi can problemas por resolver, potencialidades que aprovechar y se proponen acciones a implementar y compromisos por asumir para el desarrollo de tales acciones, siendo los resultados consolidados por el Equipo Técnico. b) Segundo Taller: De fi nición de Criterios y de Priorización de Acciones Se informará a los agentes participantes sobre los recursos públicos de que se disponen. Los agentes participantes discuten y de fi nen los principales problemas que aquejan el distrito, a fi n de priorizar aquellos que consideren deben tener solución a corto plazo, estableciendo un orden de prelación. Luego el Equipo Técnico presenta diversas alternativas para la solución de los mismos, pudiendo éstas, constituirse en proyectos de inversión pública. Luego de ello se procede a distribuir los recursos a fi n de dar solución a los problemas según su orden de priorización y a su relevancia para el distrito. Artículo Sexto.- Formalización de los acuerdos Aprobados los acuerdos, se formalizará un acta de Acuerdos y Compromisos el cual deberá llevar la fi rma de los agentes participantes en general. Las actas debidamente suscritas serán puestas en conocimiento del Consejo de Coordinación Local Distrital para la discusión, consideración y concertación del Presupuesto Institucional Participativo correspondiente al año 2008. Las acciones resultantes del proceso del presupuesto participativo, que deberán ser incluidos, en caso su fi nanciamiento considere recursos públicos, en la formulación del Presupuesto Institucional de la entidad, constituyen el Presupuesto Participativo del Gobierno Local y es remitido para su aprobación al Concejo Municipal. Formalizado el acuerdo y aprobado el Presupuesto Participativo por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Municipal, el Alcalde dispondrá su publicación. Copia del documento que formaliza los acuerdos y del documento que aprueba los Presupuestos Participativos se remiten a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Octavo.- Sectorización Para efectos del Proceso de Presupuesto Participativo para el año 2008 se han establecido Once (11) sectores, los mismos que se detallan en el documento que como anexo forma parte del presente reglamento. DISPOSICIONES FINALESÚnica.- Los aspectos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por el Equipo Técnico.Lima, domingo 2 de setiembre de 2007