Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2008 (24/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

Ejercito Peruano para el ano fiscal 2008, en cumplimiento a lo estipulado en el numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el Articulo 69° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR Y APROBAR, la donacion dineraria efectuada por la Republica de Corea a favor del MINISTERIO DE DEFENSA -- EJERCITO DEL PERU, por un monto de CIEN MIL DOLARES AMERICANOS (US $ 100,000.00 CIEN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinados al Desminado Humanitario que realiza el Ejercito del Peru en la Cordillera del Condor. Articulo 2º.- AGRADECER a la Republica de Corea, por su importante contribucion. Articulo 3º .- ENCARGAR a la Direccion General de Relaciones Internacionales la supervision de la ejecucion de la donacion dineraria materia de aprobacion por parte del Ejercito del Peru. Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 23 al 24 de MORDAZA de 2008, para participar en la reunion preparatoria de la XIII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y el Estado Mayor de Defensa del Ministerio de Defensa de Brasil. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

192759-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 381-2008-DE/SG
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 393 de fecha 16 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes MORDAZA se llevara a cabo, en la MORDAZA de Iquitos, la MORDAZA Reunion Plenaria de la Comision Binacional Fronteriza "COMBIFRON" Peru - Colombia; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Colombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 23 al 26 de MORDAZA de 2008, para participar en la MORDAZA Reunion Plenaria de la Comision Binacional Fronteriza "COMBIFRON" Peru-Colombia, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Iquitos. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

192759-1

Autorizan el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil, Colombia y Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2008-DE/SG
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 398 de fecha 18 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes MORDAZA se llevaran a cabo reuniones preparatorias para la XIII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y el Estado Mayor de Defensa de Brasil; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el

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