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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (24/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de abril de 2008 371180 Artículo 3º.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales de la Producción del litoral con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 192884-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de delegación peruana a Colombia para participar en el Taller sobre Control Social y Rendición de Cuentas y en la Segunda Reunión del Comité Ejecutivo Andino de Lucha contra la Corrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0510-2008-RE Lima, 18 de abril de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Nota SG-R/1.14.14/54/2008, de 07 de marzo de 2008, la Secretaría General de la Comunidad Andina ha convocado a la Segunda Reunión del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Corrupción, a desarrollarse del 29 al 30 de abril de 2008, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia; Que, dicha reunión estará precedida de un Taller sobre control social y rendición de cuentas a realizarse igualmente en la ciudad de Bogotá D.C., el 28 de abril de 2008, en el cual los Estados Miembros tendrán la oportunidad de intercambiar ideas en esas materias, a fi n de consensuar un manual de buenas prácticas; Que, la Segunda Reunión del Comité Ejecutivo Andino del Plan de Lucha contra la Corrupción reviste especial importancia en el marco de la Política Exterior del Perú, toda vez que en ese contexto se tiene previsto abordar, entre otros temas, los avances en el Programa de Acción 2007-2008, el estado de implementación del Plan Andino de Lucha contra la Corrupción, las posibilidades de cooperación internacional para su aplicación y la elaboración del proyecto de Programa de Acción 2008-2009; Que, en ese sentido, es necesario designar a la delegación peruana que participará en la citada reunión, la misma que estará integrada por funcionarios responsables de temas relacionados con la Comunidad Andina y que han participado en la génesis, elaboración, negociación y aprobación del Plan Andino de Lucha contra la Corrupción, así como en el seguimiento de la Primera Reunión del Comité Ejecutivo Andino de Lucha contra la Corrupción; Teniendo en consideración el Memorándum (SAE) Nº 0205/2008, de 14 de abril de 2008, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la delegación peruana que participará en el Taller sobre Control Social y Rendición de Cuentas y en la Segunda Reunión del Comité Ejecutivo Andino de Lucha contra la Corrupción, eventos que se llevarán a cabo del 28 al 30 de abril de 2008, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios: • Doctor Juan José Ruda Santolaria, Asesor Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, • Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Farit Docarmo Delgado, funcionario de la Dirección General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina de la Subsecretaría de Asuntos Económicos. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 - Integración Política y Negociaciones Económico-Comerciales Internacionales, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$.Tarifa aeropuerto US$ Juan José Ruda Santolaria 850.11 200.00 3+1 800.00 30.25 Farit Docarmo Delgado 850.11 200.00 3+1 800.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, los citados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. José Antonio García Belaunde Ministro de Relaciones Exteriores 191243-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Directiva Nacional para la convocatoria y elección de los representantes de los Gobiernos Locales, de los organismos privados de promoción de la MYPE y de los consumidores ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2008-TR Lima, 21 de abril de 2008 VISTOS:Los Ofi cios Nº 165, 281 y 436-2008-MTPE/3/11.3 de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa; el Informe Nº 81-2008-MTPE/9.110 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 7º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, fue creado el Consejo Nacional para el Desarrollo Descargado desde www.elperuano.com.pe