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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (24/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de abril de 2008 371178 JUSTICIA Modifican conformación de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario RESOLUCIÓN SUPREMA N° 062-2008-JUS Lima, 23 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 234-2001-JUS de fecha 1 de junio de 2001 se estableció la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario como órgano consultivo de carácter multisectorial del Poder Ejecutivo; Que, el Artículo 2° de la referida Resolución Suprema señala a los integrantes de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario; Que, el Derecho Internacional Humanitario ha alcanzado un importante nivel de desarrollo normativo y doctrinario a partir de las normas establecidas en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, sus Protocolos Adicionales y otros instrumentos internacionales, de los cuales el Perú es Estado Parte; Que, la Ley N° 27741 establece la política educativa en materia de derechos humanos y crea un plan nacional para su difusión y enseñanza, declarando obligatoria la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario en todos los niveles del sistema educativo; asimismo, asigna al Sector Educación un rol fundamental en su implementación y cumplimiento; Que, es necesario que el conocimiento, respeto y defensa de las normas y principios del Derecho Internacional Humanitario se transmitan al educando desde el inicio de su formación y asimismo, que se cuente con educadores conocedores y comprometidos con este Derecho; Que, para alcanzar una efectiva aplicación de las normas y principios del Derecho Internacional Humanitario, y en cumplimiento del compromiso asumido por el Estado peruano de tomar las medidas legislativas necesarias para tal propósito, incluidas la tipifi cación de los crímenes contrarios al Derecho Internacional Humanitario, es necesario contar con el compromiso y colaboración del Poder Legislativo; Que, en ese contexto, resulta pertinente ampliar la conformación de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario para contar con la participación de representantes del Poder Legislativo y los Sectores involucrados en las tareas de aplicación y difusión del Derecho Internacional Humanitario; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 4 del Artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el Artículo 2° de la Resolución Suprema N° 234-2001-JUS, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- La Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario estará integrada por: a) Un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidirá; b) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; c) Un representante del Ministerio de Defensa;d) Un representante del Ministerio del Interior; y,e) Un representante del Ministerio de Educación. Participarán como observadores permanentes de la Comisión las siguientes instituciones: a) Un representante de la Defensoría del Pueblo; b) Un delegado del Comité Internacional de la Cruz Roja; c) Un representante de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos; y, d) Un representante del Congreso de la República. Podrán integrar la Comisión hasta dos expertos y académicos independientes, a petición de la propia Comisión.La Comisión podrá invitar a sus sesiones a representantes de los otros Sectores e instituciones del Poder Ejecutivo.” Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia, Relaciones Exteriores, Defensa, Interior y Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 192887-1 Revocan R.S. Nº 015-2005-JUS mediante la cual se accedió a pedido de extradición activa al Japón de procesada por delito de estafa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2008-JUS Lima, 23 de abril de 2008 Visto; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 032-2008/COE-TC del 15 de abril de 2008, sobre la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 015-2005-JUS, mediante la cual se accedió a la solicitud de extradición activa al Japón de YVON HIGA CAMARGO (Exp. Nº 09-2004); CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 015-2005-JUS, se accedió al pedido de extradición activa de la procesada YVON HIGA CAMARGO, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - estafa en agravio de José Rubí Cam Nicho y otros; resolución que fuera publicada el día 20 de enero de 2005 en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en su Resolución Consultiva de fecha 28 de enero de 2008, dispuso revocar su Resolución Consultiva de fecha 22 de abril de 2004; ello a mérito de la Resolución de fecha 03 de agosto de 2006 expedida por el Trigésimo Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró la extinción de la acción penal por prescripción y por resolución de fecha 10 de agosto del mismo año dispuso dejar sin efecto la solicitud de extradición; Que, por estas consideraciones la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados mediante Informe Nº 032-2008/COE-TC del 15 de abril de 2008, opinó a favor de la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 015-2005-JUS; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “e” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Revocar la Resolución Suprema Nº 015- 2005-JUS, publicada el día 20 de enero de 2005 en el Diario Ofi cial El Peruano mediante la cual se accedió al pedido de extradición activa de la procesada YVON HIGA CAMARGO. 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