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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de abril de 2008 371175 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2008-DE/SG Lima, 23 de abril de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 399 de fecha 18 de abril de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el año 2008 se va a llevar a cabo el despliegue operacional denominado “Ejercicio Amistad y Cooperación de las Américas” entre la Marina de Guerra del Perú y la Infantería de Marina de los Estados Unidos de América; Que, personal militar de los Estados Unidos de América realizará un estudio de sitio previo a la ejecución del mencionado ejercicio; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 24 al 29 de abril de 2008, para participar en una visita de estudio de sitio previo al despliegue operacional denominado “Ejercicio Amistad y Cooperación de las Américas” entre la Marina de Guerra del Perú y la Infantería de Marina de los Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 192759-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2008-DE/SG Lima, 23 de abril de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 392, de fecha 15 de abril de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América cada año fi scal auspicia algunos ejercicios de ingeniería, y de entrenamiento Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominados “Nuevos Horizontes”, tanto en América del Sur, América Central y en el Caribe; Que, personal militar de los Estados Unidos de América realizará coordinaciones logísticas para el desarrollo del Ejercicio Nuevos Horizontes el año 2008, en la ciudad de Ayacucho; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 24 de abril al 21 de agosto de 2008 para realizar coordinaciones logísticas para el desarrollo del Ejercicio Nuevos Horizontes 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 192759-5 Aprueban Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales del año 2008 correspondiente al Sector Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 384-2008 DE/SG Lima, 23 de abril de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM de 22 de marzo de 2007 se defi nieron y establecieron las Políticas Nacionales de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verifi cables para las entidades del gobierno nacional, a fi n de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo Nº 3 del dispositivo antes citado, las metas e indicadores de desempeño para evaluación semestral deberán ser aprobadas mediante Resolución Ministerial del Sector; Que, ha sido formulada la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales para el año 2008 correspondiente al Sector Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29075 Ley del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y estando a lo propuesto por la Dirección General de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones para la Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales del año 2008 correspondiente al Sector Defensa, la misma que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Planifi cación de la Dirección General de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones para la Defensa es la encargada de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente, para lo cual las entidades y órganos del Sector Defensa inmersas en su cumplimiento, remitirán la evaluación de la ejecución de metas e indicadores de las Políticas Nacionales, a más tardar a los 20 días útiles de culminados los semestres correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de DefensaDescargado desde www.elperuano.com.pe