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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de agosto de 2008 377378 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan funcionario responsable de brindar información y de elaborar el Portal de Internet RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 144-2008-PCM/FINCyT Lima, 25 de julio de 2008CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en cumplimiento de la citada ley es necesario designar al responsable de entregar la información que demande el público ciudadano, publicándose su designación en el Diario Ofi cial El Peruano, en concordancia con lo dispuesto la Ley N° 27806, y al responsable de la elaboración del Portal Internet a que se refi ere el artículo 5° de la Ley N° 27806, modifi cada por la Ley N° 27927, según el anexo que forma parte de la citada resolución; Que, mediante Memorándum N° 003-2008-PCM/PCyT- DE, del 25 de julio de 2008, el Director Ejecutivo precisa que la designación recaerá en el Especialista en Informática y Difusión del Programa de Ciencia y Tecnología, Eduardo Manuel De Amat Malásquez, siendo pertinente comunicar el hecho a la Presidencia del Consejo de Ministros; De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 144-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a Eduardo Manuel De Amat Malásquez, Especialista en Informática y Difusión, como responsable de proporcionar la información que demanden las personas en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 27806; asimismo será responsable de la elaboración del Portal Internet a que se refi ere el artículo 5° de la Ley N° 27806, modifi cada por la Ley N° 27927. Artículo 2°.- Encargar al Coordinador Administrativo Financiero que ponga en conocimiento de los funcionarios y servidores relacionados directa e indirectamente, el tenor de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO AFUSO HIGA Director Ejecutivo 233570-1 AGRICULTURA Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de publicidad televisiva y radial para la difusión de la Campaña “Papea Perú: Etapa 2 - Agosto 2008” y “Etapa 3 - Setiembre 2008” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0646-2008-AG Lima, 31 de julio de 2008VISTOS: El Informe Nº 056-2008-AG-OGA-OL, el Ofi cio Nº 025- 2008-AG-SEGMA-II, el Informe Nº 271-2008-AG-OGA-UCEP, el Informe Nº 033/2008-AG-OGA-OL-UADQ, el Ofi cio Nº 2091-2008-AG-DGPA/DG-GAF y el Informe Nº 776-2008-AG-OGAJ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 2091-2008-AG-DGPA/DG- GAF de fecha 23 de julio de 2008, la Dirección General de Promoción Agraria remite a la Ofi cina General de Administración el requerimiento para la contratación del servicio de medios de comunicación televisiva de señal abierta y radial para la campaña “Papea Perú”, durante los meses de agosto y setiembre de 2008, por un monto total de S/.1´290,144.85 (Un Millón Doscientos Noventa Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 85/100 Nuevos Soles), basado en el artículo 145º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que regula la exoneración del proceso de selección por causal de servicios personalísimos. Asimismo, señala que la contratación de los servicios se debe efectuar con recursos ordinarios, debiendo ser incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, como sustento técnico de su solicitud, la Dirección General de Promoción Agraria manifi esta que las Naciones Unidas han declarado el año 2008 como el Año Internacional de la Papa, habiéndose constituido una Comisión Multisectorial presidida por el Ministerio de Agricultura, cuyo objetivo es incrementar el consumo de papa a más de 100kg per cápita al año. A tales efectos, señalan que para el lanzamiento de la campaña se contrataron servicios de medios de comunicación de señal abierta, correspondiente a una primera etapa, siendo necesario realizar dos etapas de mantenimiento adicionales, mediante la contratación de canales de señal abierta de acuerdo al share de audiencia y a aspectos de carácter cuantitativo (rentabilidad) y cualitativo (género del programa). En el citado documento se detallan los medios televisivos y radiales a ser contratados; Que, mediante el Informe Nº 033/2008-AG-OGA- OL-UADQ, la Unidad de Adquisiciones de la Ofi cina de Logística manifi esta que el monto total del servicio a ser contratado durante los meses de agosto y setiembre asciende a la suma S/.1´290,144.87 (Un Millón Doscientos Noventa Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 87/100 Nuevos Soles). Adjunto al citado Informe se remiten las propuestas económicas de los medios televisivos y radiales, en las que se especifi can la duración de los spots para cada tipo de medio de comunicación así como la frecuencia de difusión diaria; Que, mediante el Informe Nº 271-2008-AG-OGA- UCEP, la Unidad de Control y Ejecución Presupuestal manifi esta que la Cuenta Específi ca 68 Publicidad, del Presupuesto del Ministerio de Agricultura – Administración Central, sí cuenta con recursos disponibles para la contratación de los referidos servicios de publicidad, sugiriendo su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, de ser el caso; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-Julio, adjunto al Ofi cio Nº 025-2008-AG-SEGMA-II, la Ofi cina de Imagen Institucional del Ministerio de Agricultura, recomienda la contratación del servicio de publicidad referido, siendo de necesidad pública y de inmediata ejecución; Que, mediante Memorandum Nº 1182-2008-AG-OGA- 1328-OL, la Ofi cina General de Administración remite el Informe Nº 056-2008-AG-OGA-OL 039-2008-AG-OGA-OL de la Ofi cina de Logística, en la que se da sustento y conformidad a la solicitud de exoneración para la contratación de los servicios personalísimos de publicidad televisiva y radial señalados, manifestando que culminada la primera etapa de la campaña resulta necesario realizar dos etapas de mantenimiento; Que, se señala en el citado Informe que se sustenta la contratación del servicio de medios televisivos y radiales para la campaña “Papea Perú: Etapa 2 – Agosto Descargado desde www.elperuano.com.pe