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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (06/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de agosto de 2008 377613 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza Nº 311-MSS.- Establecen Régimen de Incentivos relacionados con el cumplimiento de obligaciones tributarias 377647 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 000170.- Aprueban entrega en concesión de terrenos ubicados en la Vía Expresa de la Avenida Elmer Faucett, Callao 377648 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza Nº 006-2008-CDB.- Disponen la realización de Campaña Gratuita de Registro y Expedición de Licencias Caninas 377649MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DE ASIS DE YARUSYACAN Acuerdo Nº 029-2008-MDSFAY/A.- Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de elaboración de acervo documentario para la constitución y formalización de empresas municipales 377650 PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. Nº 052-2008-SUNASS-CD.- Proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de SEDACHIMBOTE S.A. y su exposición de motivos 377651 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 171-2008-PCM Lima, 5 de agosto de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088 se aprobó la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que el artículo 7.1 del referido dispositivo dispone que el Consejo Directivo del CEPLAN, está integrado por un representante del Presidente de la República, quien además lo preside; Que, es necesario designar al representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594; y, el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Agustín Haya de la Torre de la Rosa como representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 234721-1Disponen inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad de Municipalidades del Valle La Leche - MMUVALL ” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N°043-2008-PCM/SD Lima, 4 de agosto de 2008 VISTOS: El Ofi cio s/n – Registro N° 200819386, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo S/N de la Municipalidad Distrital de Illimo del 11.04.2008, Acuerdo de Concejo Nº 015-2008-MDJ/SE de la Municipalidad Distrital de Jayanca, Acuerdo de Concejo Nº 06-2008-MDM de la Municipalidad Distrital de Mochumí, Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-CM/MDM de la Municipalidad Distrital de Mórrope, Acuerdo de Concejo S/N de la Municipalidad Distrital de Túcume del 09.05.2008, Acta de Constitución y Estatuto aprobados por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la “Mancomunidad de Municipalidades del Valle La Leche - MMUVALL” que consta en Testimonio correspondiente a la Escritura Pública extendida ante la Notaria Pública de Chiclayo, Isabel Alvarado Quijano, y el Informe Nº 027-2008-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016- 2008-PCM, se abrió el Registro de Mancomunidades Municipales y se aprobó su reglamento, estableciéndose los requisitos para solicitar la inscripción de éstas; Que, mediante el ofi cio de vistos, los Señores Alcaldes de la Municipalidades Distritales de Illimo, Jayanca, Mochumí, Mórrope y Túcume, en la Provincia y Departamento de Lambayeque, solicitan la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades del Valle La Leche” - MMUVALL”; Descargado desde www.elperuano.com.pe