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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (06/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de agosto de 2008 377630 Scotiabank Perú S.A.A., en su condición de representante de los obligacionistas; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Directora de Emisores 231683-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN N° 062-2008-INDECOPI/DIR Mediante Carta N° 228-2008/GEG-INDECOPI el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución N° 062-2008-INDECOPI/DIR, publicada en la edición del 02 de agosto de 2008. DICE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la señora Eva Céspedes Correa en el cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor, con efectividad al 01 de agosto de 2008, dándosele las gracias por los servicios prestados. DEBE DECIR:Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la señora Eva Céspedes Correa en el cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor, con efectividad al 19 de julio de 2008, dándosele las gracias por los servicios prestados. 234025-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo”, correspondiente al III Trimestre de 2008 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 215-2008-INEI Lima, 25 de julio del 2008Visto el Ofi cio Nº 173-2008–MTPE/4/10.3, de la Ofi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para realizar la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo”, correspondiente al III trimestre del 2008, aplicada a hogares de Lima Metropolitana, Provincia Constitucional del Callao y la ciudad de Huacho; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, requiere contar con información sobre la estructura y tendencias de cambio de la fuerza laboral, a través de indicadores socioeconómicos referentes a la disponibilidad y utilización de los recursos humanos en el país, para la formulación y evaluación de los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales; Que, con este propósito la mencionada Dirección Nacional, realizará la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo”, correspondiente al III trimestre del 2008, dirigida a una muestra de viviendas en Lima Metropolitana, Provincia Constitucional del Callao y la ciudad de Huacho, en el período comprendido del 01 de agosto al 25 de octubre del 2008, siendo necesario aprobar los formularios respectivos y fi jar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática” . SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo”, correspondiente al III trimestre del 2008, dirigida a una muestra de viviendas en Lima Metropolitana, Provincia Constitucional del Callao y la ciudad de Huacho, la que será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 2º.- Aprobar los formularios correspondientes de la mencionada Encuesta, que forman parte de la presente Resolución y que se ejecutará para relevar información correspondiente a Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, en el período comprendido entre: el 01 de agosto y el 25 de octubre del 2008 y en la Ciudad de Huacho del 19 de agosto al 30 de setiembre del 2008. Artículo 3º .- Los miembros del hogar de las viviendas seleccionadas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, brindarán las facilidades a los supervisores y encuestadores encargados del diligenciamiento de los formularios, quienes estarán debidamente acreditados en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE y en la ciudad de Huacho, por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo-Lima y Callao. Artículo 4º.- Se establece como periodo de recojo de información de la Encuesta, el siguiente: CIUDAD PERÍODO DE TRABAJO DE CAMPO Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao01 de agosto al 25 de octubre 2008 Ciudad de Huacho 19 de agosto al 30 de setiembre 2008 Artículo 5º.- La información proporcionada por los miembros del hogar de las viviendas particulares seleccionadas en la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo”, será confi dencial, en concordancia con lo dispuesto por el Art. 97º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 234489-1Descargado desde www.elperuano.com.pe