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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de agosto de 2008 377627 en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, autorizando a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Ofi cinas del Registro del Estado Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que, la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de Inscripciones del RENIEC; Que, en tal virtud, mediante Resolución Jefatural Nº 863-2006-JEF/RENIEC se revocó a partir del 25 de setiembre del 2006, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497 que fueron conferidas, entre otras, a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Barranco, de la provincia y departamento de Lima, siendo factible, según los documentos del visto, la revocatoria de las demás facultades conferidas a tal dependencia; Que, a fin de consolidar el proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil al RENIEC y con el objeto de optimizar los servicios registrales que el RENIEC viene brindando, resulta necesario acoger la propuesta de la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, dictando las medidas correspondientes; Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26497 – Orgánica del RENIEC, y el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Revocar las facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Barranco, en la provincia y departamento de Lima, la que se hará efectiva a partir del día viernes 08 de Agosto del 2008. Artículo Segundo.- Disponer la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Barranco al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, proceso que comprende el acervo documentario de tal dependencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada por Resolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/RENIEC, modificada por Resolución Jefatural Nº 369-2006-JEF/RENIEC, a realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Barranco, para el traslado del acervo documentario al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el Artículo precedente. Artículo Cuarto.- Disponer que las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Imagen Institucional proporcionen a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles el apoyo que requiera en el marco del proceso de incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Barranco al RENIEC, conforme al Artículo Primero de la presente Resolución, para el cumplimiento de lo previsto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 233856-2SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a CMAC Tacna la apertura de oficinas especiales, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicadas en el departamento de Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 3767-2008 Lima, 23 de julio de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. (CMAC Tacna), para que se le autorice la apertura de cuatro (4) Ofi cinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación a ubicarse en el departamento de Puno; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación exigida para la apertura de las referidas ofi cinas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B” mediante Informe Nº 228-2008-DEM”B”; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 33º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resoluciones SBS Nº 1096-2005 del 25.07.2005, y Nº 3409-2008 del 17.07.2008; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. (CMAC Tacna) la apertura de cuatro (4) Ofi cinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicadas en: (i) Av. 28 de Julio Nº 587-589, distrito de Desaguadero, provincia de Chucuito, departamento de Puno; (ii) Jr. Independencia 210 Plaza de Armas Ilave, distrito de Ilave, provincia El Collao, departamento de Puno; iii) Esquina del Jr. Bolognesi Nº 103 con Jr. Junín Nº 208, distrito y provincia de Yunguyo, departamento de Puno; y, iv) Jr. San Juan Nº 140 distrito de Juli, provincia de Chucuito, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese.DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas (a.i.) 233702-1 Autorizan a Deutsche Bank (Perú) S.A. la realización de operaciones forward de monedas RESOLUCIÓN SBS Nº 3858-2008 Lima, 25 de julio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe