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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387388 que se encuentra investido el Despacho de Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición de un terreno con fines de construcción de un estadio. en el distrito de Apata. Artículo 2º.- ESTABLECER, que el bien inmueble de 20,000 m2 se adquirirá de su propietario la Sucesión Ivanoa Barreto Acevedo, el valor referencial del costo del bien inmueble es por la suma de S/. 60,000.00 nuevos soles, considerando el valor del metro cuadrado a S/. 3.00 nuevos soles. Artículo 3º.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicar a Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ VIDAL ROJAS PAITAN Alcalde 295136-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2008-CM/MDA Apata, 15 de diciembre del 2008VISTOS:En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 046-2008-MDA de fecha 13 de diciembre del 2008, el Informe Técnico Nº 143-2008-MDA/JLAQ presentado por el Subgerente de Obras, Informe Nº 004-2008/LAY/ABS presentado por el el Jefe de Abastecimientos, el Informe Legal Nº 060- 2008-ASLEG/MDA presentado por el Asesor Legal, sobre “exoneración de proceso de selección para la adquisición de un terreno para la construcción de losa deportiva en el distrito de Apata”; CONSIDERANDO:El Art. 194º de la Ley Nº 27680 que modifi ca el Capítulo XIV de la Constitución Política del Perú, describe que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. El Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, contienen los lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público, dentro de criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos y conforme dispone el Art. 4º del D.S. Nº 083-2004-PCM sobre –especialidad de la norma y delegación- la presente ley y su reglamento prevalecen sobre las normas generales de procedimientos administrativos y sobre aquellas de derecho común que les sean aplicables. El Art. 19º inciso e) del D.S. Nº 083-2004-PCM “Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” establece la exoneración de procesos de selección cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, concordante con lo dispuesto por el Art. 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM “Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”, que establece en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos o los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. El Art. 28º del D.S. Nº 084-2004-PCM establece la competencia para establecer las características técnicas, y taxativamente expresa lo siguiente: “efectuado el requerimiento por el área usuaria, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, en coordinación con aquella, definirá con precisión las características, la cantidad de los bienes, servicios u obras, para cuyo efecto se realizará los estudios de mercado o indagaciones según corresponda”. El Sub Gerente de Obras mediante Informe Nº 143- 2008-MDA/JLAQ informa que la Municipalidad Distrital de Apata requiere adquirir un terreno con fines de construcción de una losa deportiva en la jurisdicción del distrito de Apata y teniendo en consideración que en el distrito no hay predios con las características propias para el fin solicitado, mediante Informe Nº 143-2008-MDA/JLAQ el Sub Gerente de Obras, ha presentado los términos de referencia para la adquisición del terreno para la construcción de una losa deportiva; en el mismo que se identifica el inmueble de propiedad de la, las características específicas con sus respectivos metros lineales realizado por la Jefatura de Estudios y Proyectos, así como el valor referencial, de la misma manera se tiene a la vista el plano topográfico con un área total de 1,282.00 metros cuadrados y perímetro 153.20 metros lineales, evidenciándose que existe proveedor único con las características solicitadas por la Jefatura de Estudios y proyectos; el Informe Nº 004-2008/LAY/ABS presentado por el Jefe de Abastecimientos informa que el valor referencial por metro cuadrado es por la suma de S/. 7.80 nuevos soles y considerando que el área total es 1,282 metros cuadrados, el precio total del predio que se va adquirir es por la suma de S/. 9,999.60 nuevos soles; estando al Informe Legal Nº 060-2008-ASLEG/MDA opina por la procedencia de la exoneración del proceso de selección, porque el terreno se ha ubicado en función al requerimiento de la entidad. Estando a lo acordado en la Sesión Ordinaria Nº 046- 2008/MDA del Concejo Municipal del distrito de Apata, comprensión de la provincia de Jauja, departamento Junín, con las facultades y competencias que se encuentra investido el Despacho de Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA : Artículo 1º .- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición de un terreno con fi nes de construcción de una losa deportiva en el distrito de Apata. Artículo 2º .- ESTABLECER, que el bien inmueble de 1,282 m2 se adquirirá de su propietario el señor Pascual Acevedo Nuñez, el valor referencial del costo del bien inmueble es por la suma de S/. 9,999.60 nuevos soles, considerando el valor del metro cuadrado a S/. 7.80 nuevos soles. Artículo 3º .- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicar a Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ VIDAL ROJAS PAITAN Alcalde 295137-1Descargado desde www.elperuano.com.pe