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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387385 Artículo Segundo.- DEROGUESE a partir de la fecha la Ordenanza Nº 011-2003-GLM-A del 29.12.2003; Ordenanza Nº 011-2003-GLM-A del 29.12.2003; Ordenanza Nº 06-2005-GLMPFA-A del 04.10.2005; Ordenanza Nº 012-2003-GLM-A del 29.12.2003; Edicto Municipal Nº 003-200-99-MPA del 17.08.1999 y cualquier otra norma municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y demás instancias competentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General, en coordinación con la Gerencia Municipal la difusión y publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano, Diario Judicial Regional, diferentes medios de comunicación local así como comunicar a y publicar en el Portal Electrónico de la Municipalidad, en cumplimiento al artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el artículo 35º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día 01 de enero del año 2009 previa publicación de los mismos POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.HUMBERTO MARCHENA VILLEGAS Alcalde 295459-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Ratifican Ordenanzas que aprueban TUPAs y arbitrios municipales de las Municipalidades Distritales de la provincia de Huarochirí ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 049-2008/CM-MPH-M Matucana, 23 de diciembre del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA POR CUANTO:El Expediente Nº 2860-08 del 24/07/08, la Municipalidad distrital de Huarochirí, el Expediente Nº 5026-08 del 25/11/08, la Municipalidad distrital de San Pedro de Casta, solicitan la ratifi cación de las ordenanzas municipales distritales del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de sus municipios respectivos, y el Dictamen Nº 007-2008/CREDA-MPH-M del 12/11/08, la Comisión de Revisión y Evaluación de Documentos Administrativos de los Concejos Distritales(CREDA); el Expediente Nº 4504-08 del 28/10/08 y el Expediente Nº 4833-08 del 14/11/08, la Municipalidad distrital de San Mateo solicita la ratifi cación de ordenanza municipal distrital de arbitrios año 2009 y el Dictamen Nº 008-2008/CREDA-MPH-M del 15/11/08 del CREDA con los informes favorables respecto a los expedientes mencionados; el Expediente Nº 5109-08 del 01/12/08, la Municipalidad distrital de Santa Eulalia, el Expediente Nº 5272-08 del 09/12/08, la Municipalidad distrital de San Juan de Iris, el Expediente Nº 5291-08 del 10/12/08, la Municipalidad distrital de Callahuanca, el Expediente Nº 5351-08 del 12/12/08, la Municipalidad distrital de Chicla, el Expediente Nº 5443-08 del 18/12/08, la Municipalidad distrital de Surco, el Expediente Nº 5504-08 del 22/12/08, la Municipalidad distrital de San Mateo de Otao, solicitan la ratifi cación de las ordenanzas municipales distritales de arbitrios año 2009 de sus municipios respectivos, y el Dictamen Nº 009-2008/CREDA-MPH-M del 23/12/08, del CREDA con los informes favorables respecto a los expedientes mencionados y la Sesión Ordinaria del Concejo del 23/12/2008, vinculado a los expedientes y dictámenes mencionados párrafos arriba, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo II Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por la Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual esta concordado en lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado; Que, en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 en su artículo 9º numeral 9) establece las facultades del Concejo Municipal para crea, modifi car, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley, lo cual está concordado en lo establecido en el artículo 74° de la Constitución Política del Estado. En tal sentido, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales están obligadas a someter a ratifi cación por la Municipalidad provincial de su circunscripción, conforme se señala en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, conforme lo expresa la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 en su artículo 37° y 38°, señala que todas las entidades elaborarán y aprobarán su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, la misma que debe ser aprobado por Ordenanza Municipal cada dos años, expresamente en los que fuera necesario los derechos, presentarse en función a la UIT; Que, conforme al Dictamen Nº 007-2008/CREDA- MPH-M del 12/11/08, la Comisión CREDA ha evaluado los expedientes de las municipalidades distritales siguientes: Expediente Nº 2860-08 del 24/07/08, la Municipalidad distrital de Huarochirí quien solicita la ratifi cación de su Ordenanza Nº 005-2008/MDH-H del 03/03/08, donde aprueban el Texto Único de Procedimiento Administrativo– TUPA; el Expediente Nº 5026-08 del 25/11/08, la Municipalidad distrital de San Pedro de Casta quien solicita la ratifi cación de su Ordenanza Nº 007-2008/CM-MDSPC-H del 28/10/08, donde aprueban el TUPA y la Sesión Ordinaria de Concejo del 23/12/08 donde se aprueba por mayoría dichas solicitudes; Que, conforme al Dictamen Nº 008-2008/CREDA- MPH-M del 15/12/08, la Comisión CREDA ha evaluado el Expediente Nº 4504-08 del 28/10/08 y el Expediente Nº 4833-08 del 14/11/08, remitido por la Municipalidad distrital de San Mateo, quien solicita la ratifi cación de la Ordenanza Nº 016-2008-MDSM-PH que aprueba los arbitrios municipales de su jurisdicción, que habiendo cumplido con todas las exigencias formales reguladas en las ordenanzas, tales como su cuadro de estructura de costos por lo que dictamina por la ratifi cación de la referida ordenanza. La Comisión ha evaluado dichos expedientes considerando los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochiri y los lineamientos señalados en los expediente Nº 00041-2004-AI/TC y 00053-2004 del Tribunal Constitucional en materia tributaria y la Sesión Ordinaria de Concejo del 23/12/08 donde se aprueba por mayoría dicha solicitud; Que, conforme al Dictamen Nº 009-2008/CREDA- MPH-M del 23/12/08, la Comisión CREDA ha evaluado el Expediente Nº 5109-08 del 01/12/08, la Municipalidad distrital de Santa Eulalia quien solicita la ratifi cación de la Ordenanza Nº 018-2008-MDSE que aprueba los arbitrios municipales de su jurisdicción “Marco Normativo del régimen de los arbitrios municipales 2009”, el Expediente Nº 5272-08 del 09/12/08, la Municipalidad distrital de San Juan de Iris quien solicita la ratifi cación de la Ordenanza Nº 005-2008-CM/MDSJI-PH que aprueba los arbitrios municipales de su jurisdicción: “los montos de arbitrios por limpieza pública y seguridad ciudadana”, el Expediente Nº 5291-08 del 10/12/08, la Municipalidad distrital de Callahuanca quien solicita la ratifi cación de la Ordenanza N° 017-2008/MDC, del 28/10/08, que aprueba los arbitrios municipales de su jurisdicción: “regula los arbitrios Descargado desde www.elperuano.com.pe