Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 175

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de diciembre de 2008, MORDAZA mediante la cual, se establece un Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, en la MORDAZA disposicion complementaria de la Ordenanza Nº 422-MSB, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicacion, asi como su prorroga; Que, habiendose declarado no laborable el dia 26 de diciembre de 2008, mediante el Decreto Supremo Nº 00072008-PCM, publicado con fecha 06 de febrero del 2008; y a fin de que la mayoria de vecinos tengan la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias acogiendose al beneficio establecido en la referida Ordenanza, es pertinente prorrogar el plazo de vigencia establecido en su articulo 10°; Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencias de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA:

Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de enero de 2009, el plazo para acogerse al Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y No Tributaria establecido en el articulo 10º de la Ordenanza Nº 422-MSB. Articulo Segundo.- La prorroga senalada en el articulo precedente, alcanza a los numerales 4.1, 4.2 y 4.4 del articulo 4º de la Ordenanza Nº 392-MSB modificada por la Ordenanza Nº 414-MSB y la Ordenanza Nº 422-MSB. Registrese comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 295255-1

Que, mediante Ordenanza N° 034-MVMT se aprobo el Regimen de los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles ­ Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo, de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA del Triunfo para el ejercicio 2008, la misma que fue ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 492 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con la finalidad de brindar los servicios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo para el ano 2009, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicaran por la prestacion de los mismos; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA que regula el procedimiento de ratificacion de las Ordenanzas Distritales en la Provincia de MORDAZA a partir del Ejercicio 2005, establece que las ordenanzas MORDAZA que aprueban tributos pueden tener vigencia por mas de un ejercicio tributario; Que, a efectos de seguir brindando los servicios de publicos de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de forma eficiente, y a fin de evitar un incremento en el monto de Arbitrios Municipales, propiciando de esta forma un clima de estabilidad tributaria entre los vecinos de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, es conveniente aplicar para el Ejercicio 2009, lo dispuesto por el Articulo 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, determinando que los montos de los Arbitrios Municipales considerados en el Ejercicio 2008 se incrementen con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor a noviembre del presente ano; De conformidad a lo establecido en el Articulo 9 incisos 8 y 9, Articulo 39, Articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL ANO 2009 Articulo Primero.- MORDAZA Legal Aplicable. Apliquese, para el ejercicio 2009, las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 034-2007-MVMT, MORDAZA Legal de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo para el ejercicio 2008, ratificada por la Municipalidad de MORDAZA segun Acuerdo de Concejo Nº 492, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 30 de diciembre del 2007. Articulo Segundo.-Determinacion del costo y las tasas de los Arbitrios Municipales. Para el Ejercicio 2009, se aplicaran los costos y tasas establecidas por los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 034-2007-MVMT, reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor al mes de noviembre ascendente a 6.27%.establecido en la Resolucion Jefatural Nº 342- 2008-INEI publicada el 01 de diciembre de 2008. Articulo Tercero.- Aprobacion de Informe Tecnico. Apruebese el Informe Tecnico que contiene el sustento para mantener los costos y las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de calles- Recoleccion de residuos solidos), Parques y Jardines y Serenazgo, asi como la estimacion de ingresos por la prestacion de los servicios mencionados. Articulo Cuarto.- De la vigencia de la norma. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 01 de Enero del 2009 previa publicacion de la misma y del correspondiente Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el Diario Oficial El Peruano. . DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte medidas complementarias

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ano 2009
ORDENANZA Nº 068-MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 9 de diciembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTOS, en Sesion Extraordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, los articulos 191° y 194° de la Constitucion Politica del Peru reconocen la autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de los Gobiernos Locales, asi como su potestad tributaria, correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200° de la misma Carta Magna; Que, el articulo 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo N° 156-2004-EF, senala que las Municipalidades podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 01 de enero del ano fiscal anterior reajustado con aplicacion de la variacion acumulada del indice de precios al consumidor en la capital del departamento;

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