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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 177

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387375 CUADRO Nº 004 DETERMINACIÓN DE LA TASA DEL SERVICIO DE RECOLECIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS – 2009 Casa Habitación Nº ZONATASA ANUAL (S/. X m2) 2008IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA ANUAL (S/. X m2) 2009 01 JOSE CARLOS MARIATEGUI 0.974 1.0627 1.03 02 CERCADO 0.835 1.0627 0.8803 INCA PACHACUTEC 0.696 1.0627 0.7304 NUEVA ESPERANZA 0.696 1.0627 0.7305 TABLADA DE LURIN 0.835 1.0627 0.8806 JOSE GALVEZ 0.835 1.0627 0.88 Otros Usos Nº USO DEL PREDIOTASA ANUAL (S/. X m2) 2008IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA ANUAL (S/. X m2) 2009 01COMERCIO, SERVICIOS Y OTROS0.574 1.0627 0.60 02 MERCADOS 1.213 1.0627 1.28 03 INDUSTRIA 1.589 1.0627 1.68 Comercio Ambulatorio Nº USO DEL PREDIOTASA ANUAL ( S/. ) 2008IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA ANUAL ( S/. ) 2009 01 MERCADO INFORMAL 142.83 1.0627 151.78 CUADRO Nº 005 DETERMINACIÓN DE LA TASA DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES – 2009 Nº ZONATASA ANUAL ( S/. ) 2008IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA ANUAL ( S/. ) 2009 01 FRENTE AREA VERDE 27.8019 1.0627 29.54 02 CERCA DE AREA VERDE 22.5063 1.0627 23.9103 LEJOS DE AREA VERDE 15.8868 1.0627 16.88 CUADRO Nº 006 DETERMINACIÓN DE LA TASA DEL SERVICIO DE SERENAZGO -2009 ZONA 1 Nº USO DEL PREDIOTASA 2008 IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA 2009 MENSUAL MENSUAL 01 CASA HABITACION 1.405 1.0627 1.49 02 TERRENO SIN CONSTRUIR 1.405 1.0627 1.4903 COMERCIO, SERVICIO Y OTROS 7.026 1.0627 7.4604 ENTIDADES FINANCIERAS 12.647 1.0627 13.4305 DISCOTECAS 8.994 1.0627 9.5506 HOSTALES Y HOTELES 7.307 1.0627 7.7607 GRIFOS 7.588 1.0627 8.0608 CENTROS EDUCATIVOS 3.654 1.0627 3.8809 MERCADOS 4.778 1.0627 5.07 10INDUSTRIAS Y EMPRESA PRESTADORAS DE SERV. PÚBLICOS9.275 1.0627 9.85 ZONA 2 Nº USO DEL PREDIOTASA 2008 IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA 2009 MENSUAL MENSUAL 01 CASA HABITACION 0.636 1.0627 0.67 02 TERRENO SIN CONSTRUIR 0.636 1.0627 0.6703 COMERCIO, SERVICIO Y OTROS 3.181 1.0627 3.3804 ENTIDADES FINANCIERAS 5.726 1.0627 6.0805 DISCOTECAS 0.000 1.0627 0.0006 HOSTALES Y HOTELES 3.308 1.0627 3.5107 GRIFOS 3.436 1.0627 3.6508 CENTROS EDUCATIVOS 1.654 1.0627 1.7509 MERCADOS 2.163 1.0627 2.29 10INDUSTRIAS Y EMPRESA PRESTADORAS DE SERV. PÚBLICOS4.199 1.0627 4.46 ZONA 3 Nº USO DEL PREDIOTASA 2008 IPC (6.27%) A NOV. 2008TASA 2009 MENSUAL MENSUAL 01 CASA HABITACION 0.340 1.0627 0.36 02 TERRENO SIN CONSTRUIR 0.340 1.0627 0.3603 COMERCIO, SERVICIO Y OTROS 1.698 1.0627 1.8004 ENTIDADES FINANCIERAS 0.000 1.0627 0.0005 DISCOTECAS 2.174 1.0627 2.3106 HOSTALES Y HOTELES 1.766 1.0627 1.8707 GRIFOS 1.834 1.0627 1.9408 CENTROS EDUCATIVOS 0.883 1.0627 0.9309 MERCADOS 1.155 1.0627 1.22 10INDUSTRIAS Y EMPRESA PRESTADORAS DE SERV. PÚBLICOS2.242 1.0627 2.38 295819-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ratifican Ordenanza de la Municipalidad de Bellavista referente al Régimen Tributario de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el año 2009 ACUERDO DE CONCEJO Nº 000300 Callao, 22 de diciembre de 2008El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2008, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40, señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre de 2005, se aprobó el procedimiento de ratifi cación de las ordenanzas que aprueban las municipalidades distritales de la Provincia Constitucional del Callao, y a través de las cuales se creen o modifi quen tasas o contribuciones o se otorguen benefi cios respecto a dichos tributos; Que, a través del Ofi cio Nº 313-2008/MDB-SG, la Municipalidad Distrital de Bellavista, remite la documentación para la Ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB, que regula el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2009, a fi n que el Concejo Municipal Provincial del Callao, proceda a su ratifi cación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 1068-2008-MPC- GGATR-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria, dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, señala que en la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB, que modifi ca y sustituye el texto de la Ordenanza Nº 014-2008-CDB, se establece que los montos determinados por la exoneración de los arbitrios municipales, así como los descuentos establecidos como producto de los topes de incremento, serán cubiertos vía subsidio con la Fuente de Financiamiento 02 Rubro 018 Renta de Aduana. Asimismo, en el artículo 9 de la referida ordenanza se precisa el número de contribuyentes exonerados por cada arbitrio y se indica la justifi cación técnica de las Descargado desde www.elperuano.com.pe