Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 177

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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04 05 06 07 08 09 ENTIDADES FINANCIERAS DISCOTECAS HOSTALES Y HOTELES GRIFOS CENTROS EDUCATIVOS MERCADOS INDUSTRIAS Y EMPRESA 10 PRESTADORAS DE SERV. PUBLICOS 0.000 2.174 1.766 1.834 0.883 1.155 2.242

387375
1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 0.00 2.31 1.87 1.94 0.93 1.22 2.38

CUADRO Nº 004 DETERMINACION DE LA TASA DEL SERVICIO DE RECOLECION DE RESIDUOS SOLIDOS ­ 2009

MORDAZA Habitacion Nº 01 02 03 04 05 06 Otros Usos Nº 01 02 03 USO DEL PREDIO COMERCIO, SERVICIOS Y OTROS MERCADOS INDUSTRIA TASA ANUAL (S/. X m2) 2008 0.574 1.213 1.589 IPC (6.27%) A NOV. 2008 1.0627 1.0627 1.0627 TASA ANUAL (S/. X m2) 2009 0.60 1.28 1.68 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARIATEGUI CERCADO MORDAZA PACHACUTEC NUEVA MORDAZA TABLADA DE LURIN MORDAZA MORDAZA TASA ANUAL (S/. X m2) 2008 0.974 0.835 0.696 0.696 0.835 0.835 IPC (6.27%) A NOV. 2008 1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 1.0627 TASA ANUAL (S/. X m2) 2009 1.03 0.88 0.73 0.73 0.88 0.88

295819-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad de Bellavista referente al Regimen Tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo para el ano 2009
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000300 Callao, 22 de diciembre de 2008

Comercio Ambulatorio Nº 01 USO DEL PREDIO MORDAZA INFORMAL TASA ANUAL ( S/. ) 2008 142.83 IPC (6.27%) A NOV. 2008 1.0627 TASA ANUAL ( S/. ) 2009 151.78

CUADRO Nº 005 DETERMINACION DE LA TASA DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES ­ 2009 TASA ANUAL ( S/. ) 2008 27.8019 22.5063 15.8868 TASA ANUAL ( S/. ) 2009 29.54 23.91 16.88

Nº MORDAZA 01 FRENTE AREA MORDAZA 02 CERCA DE AREA MORDAZA 03 LEJOS DE AREA MORDAZA

IPC (6.27%) A NOV. 2008 1.0627 1.0627 1.0627

El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada el dia 22 de diciembre de 2008, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 40, senala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre de 2005, se aprobo el procedimiento de ratificacion de las ordenanzas que aprueban las municipalidades distritales de la Provincia Constitucional del Callao, y a traves de las cuales se creen o modifiquen tasas o contribuciones o se otorguen beneficios respecto a dichos tributos; Que, a traves del Oficio Nº 313-2008/MDB-SG, la Municipalidad Distrital de Bellavista, remite la documentacion para la Ratificacion de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB, que regula el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2009, a fin que el Concejo Municipal Provincial del Callao, proceda a su ratificacion de conformidad con lo dispuesto en el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 1068-2008-MPCGGATR-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria, dependiente de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, senala que en la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB, que modifica y sustituye el texto de la Ordenanza Nº 0142008-CDB, se establece que los montos determinados por la exoneracion de los arbitrios municipales, asi como los descuentos establecidos como producto de los topes de incremento, seran cubiertos via subsidio con la Fuente de Financiamiento 02 Rubro 018 Renta de Aduana. Asimismo, en el articulo 9 de la referida ordenanza se precisa el numero de contribuyentes exonerados por cada arbitrio y se indica la justificacion tecnica de las

CUADRO Nº 006 DETERMINACION DE LA TASA DEL SERVICIO DE SERENAZGO -2009 MORDAZA 1 Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 USO DEL PREDIO TASA 2008 MENSUAL 1.405 1.405 7.026 12.647 8.994 7.307 7.588 3.654 4.778 9.275 IPC (6.27%) TASA 2009 A NOV. 2008 MENSUAL 1.0627 1.49 1.0627 1.49 1.0627 7.46 1.0627 13.43 1.0627 9.55 1.0627 7.76 1.0627 8.06 1.0627 3.88 1.0627 5.07 1.0627 9.85

MORDAZA HABITACION TERRENO SIN CONSTRUIR COMERCIO, SERVICIO Y OTROS ENTIDADES FINANCIERAS DISCOTECAS HOSTALES Y HOTELES GRIFOS CENTROS EDUCATIVOS MERCADOS INDUSTRIAS Y EMPRESA 10 PRESTADORAS DE SERV. PUBLICOS MORDAZA 2 Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 USO DEL PREDIO

MORDAZA HABITACION TERRENO SIN CONSTRUIR COMERCIO, SERVICIO Y OTROS ENTIDADES FINANCIERAS DISCOTECAS HOSTALES Y HOTELES GRIFOS CENTROS EDUCATIVOS MERCADOS INDUSTRIAS Y EMPRESA 10 PRESTADORAS DE SERV. PUBLICOS MORDAZA 3 Nº USO DEL PREDIO

TASA 2008 MENSUAL 0.636 0.636 3.181 5.726 0.000 3.308 3.436 1.654 2.163 4.199

IPC (6.27%) TASA 2009 A NOV. 2008 MENSUAL 1.0627 0.67 1.0627 0.67 1.0627 3.38 1.0627 6.08 1.0627 0.00 1.0627 3.51 1.0627 3.65 1.0627 1.75 1.0627 2.29 1.0627 4.46

01 MORDAZA HABITACION 02 TERRENO SIN CONSTRUIR 03 COMERCIO, SERVICIO Y OTROS

TASA 2008 MENSUAL 0.340 0.340 1.698

IPC (6.27%) TASA 2009 A NOV. 2008 MENSUAL 1.0627 0.36 1.0627 0.36 1.0627 1.80

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