Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2008 (05/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 5 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

365925

Superintendencia de Bienes Nacionales, sobre el objeto de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 160545-1

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Dan por concluida transferencia de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas efectuada por el Ministerio a favor de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, La MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas
DECRETO SUPREMO Nº 006-2008-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, se incorporo en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006", por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, se aprobo la transferencia de 1,667 equipos de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a favor de veintitres (23) Gobiernos Regionales, para la ejecucion de obras de encauzamiento de MORDAZA, defensas riberenas y prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones, cuyo numero fue modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM a 1,662 equipos, con un monto estimado de S/. 171'883,293 (Ciento Setenta y Un Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Noventa y Tres y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 100CND-P-2006, se aprobaron las normas especificas para la transferencia de bienes del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales, previo cumplimiento de los procedimientos, plazos y mecanismos de verificacion fijados por la mencionada MORDAZA, estableciendo que el MORDAZA de transferencia concluye con la dacion del respectivo Decreto Supremo por parte del Ministerio de Agricultura;

Que, en merito a la MORDAZA legal glosada en el considerando precedente, mediante Resolucion Ministerial Nº 01513-2006-AG, el Ministerio de Agricultura conformo la Comision de Transferencia de Entrega de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del PMAAP a los Gobiernos Regionales; Que, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros ha expedido las Resoluciones Secretariales Nºs. 001 y 009-2007PCM, declarando que los Gobiernos Regionales de los departamentos de San MORDAZA, Amazonas, MORDAZA y La MORDAZA, entre otros, han cumplido con todos los mecanismos de verificacion requeridos, declarandolos aptos para acceder a la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas incluidas en el Plan Anual de Transferencia del ano 2006, debiendo el Ministerio de Agricultura continuar el procedimiento establecido en la Resolucion Presidencial Nº 100-CND-P-2006; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 1241-2006AG, se aprobo la transferencia en la modalidad de donacion a favor del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, de maquinas de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Central ­ Pliego 013: Ministerio de Agricultura, dentro del MORDAZA de la politica de desconcentracion y descentralizacion prescrita en la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, mediante la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion de fecha 17 de enero de 2008, el Ministerio de Agricultura ha transferido a los Gobiernos Regionales de MORDAZA, La MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas, doscientos sesenta y tres (263), cien (100), treinta y nueve (39) y seis (06) equipos (maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas) con un valor neto patrimonial ascendentes a S/. 11'602,520 (Once millones seiscientos dos mil quinientos veinte y 00/100 Nuevos Soles); S/. 19'006,624 (Diecinueve millones seis mil seiscientos veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles), S/. 3'291,916 (Tres millones doscientos noventa y un mil novecientos dieciseis y 00/100 Nuevos Soles) y 1'974,162 (Un millon novecientos setenta y cuatro mil ciento sesenta y dos y 00/100 Nuevos Soles), respectivamente, para la ejecucion de obra de encauzamiento, defensas riberenas prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, conforme al numeral 4.10 de las normas especificas para la transferencia de equipos de maquinarias, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 100-CND-P-2006, corresponde dictar el correspondiente Decreto Supremo que da por concluida la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos MORDAZA del Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion; DECRETA: Articulo 1º.- Transferencia de Maquinaria MORDAZA y Pesada, Implementos y Equipos MORDAZA a los Gobiernos Regionales. Dar por concluida la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos MORDAZA efectuada por el Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas, cuyas caracteristicas y valores se detallan en el anexo adjunto que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Procedimientos administrativos para la transferencia de los equipos a los Gobiernos Regionales. Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura a efectuar las acciones administrativas necesarias para formalizar la transferencia a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a los valores que figuran en el anexo adjunto. Los actos administrativos que conducen a la formalizacion de la transferencia referida en el presente

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