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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (05/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de febrero de 2008 365933 delegar la autoridad que le otorga dicha Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones, siendo en este caso responsable solidario en el delegado; Que, el último párrafo del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que el titular de la entidad puede designar a los funcionarios y dependencias de la entidad encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, delegándose los distintos niveles de decisión y autoridad, bajo responsabilidad, saldo en aquello asuntos que, por indicación expresa de la Ley y/o del Reglamento mencionadas sean indelegables; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión en materia de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que permitan al Ministerio de Agricultura cumplir con las funciones y competencia señaladas en el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, así como cumplir con la programación de las metas institucionales para el presente ejercicio 2008, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Que, el artículo 28º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, dispone que la Ofi cina General de Administración es la encargada de administrar los recursos materiales, humanos y conducir la ejecución presupuestaria, con el fi n de apoyar oportuna y efi cientemente al cumplimiento de los objetivos y metas de los sistemas que operan en la administración central del Ministerio de Agricultura contribuyendo al mejoramiento continuo de la calidad del servicio que se brinda al usuario, mediante una gestión moderna y altamente competitiva; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 019- 2008-AG, de fecha 14 de enero de 2008, se aprobó la Directiva Nº 002-2008-AG-OGA de Gestión Administrativa del Pliego Ministerio de Agricultura y Disposiciones de Racionabilidad y Austeridad para el Ejercicio Presupuestal 2008, por lo que resulta necesario complementar algunas disposiciones establecidas en la misma; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 25º de la Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Directiva Nº 002-2008-AG-OGA, aprobada por Resolución Ministerial Nº 019-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades a la Ofi cina General de Administración Delegar en el Funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Agricultura, durante el Ejercicio Presupuestal 2008, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 013: Ministerio de Agricultura: a) Aprobar las modifi caciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC). b) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la Entidad, contenidas en la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y demás normas complementarias vinculadas a la materia. c) Aprobar los expedientes de contrataciones a que hace referencia el artículo 38º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística. d) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicaciones Directas, de Concurso Público y de Licitación Publica, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyas bases serán aprobadas por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística. e) La aprobación y suscripción de prestaciones adicionales o reducciones, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la Entidad, las que deberán regirse por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. f) Aprobar la resolución de los contratos por causales reguladas en la normatividad vigente sobre contrataciones adquisiciones del Estado. g) Aprobar o autorizar la asignación de recursos sufi cientes para el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite de diez por ciento (10%). h) Comunicar al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado los hechos producidos por los proveedores, participantes, postores, contratistas y expertos independientes que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. i) Suscribir los convenios interinstitucionales con otras entidades del Sector Público que involucren las funciones de la Ofi cina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2008; y, El funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración está obligado a dar cuenta periódicamente a la Secretaría General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegación de facultades. Artículo 3º.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 4º.- Disposición Final Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 160200-1 Designan Asesora del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2008-AG Lima, 1 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, se aprueba la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG su Reglamento de Organización y Funciones, estableciéndose en su estructura al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura; Que, dadas sus atribuciones y competencias el Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura requiere contar con el apoyo de profesionales califi cados, por lo que se ha visto por conveniente designar a un asesor cuya experiencia, capacidad e idoneidad técnica amerite su concurso; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y el artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada BLYTHE LUCY MURO CRUZADO como Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 160200-2