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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (05/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de febrero de 2008 365939 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del indicado viaje, los mencionados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en las referidas reuniones. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 159179-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2008-TR Lima, 4 de febrero de 2008VISTO: El Ofi cio Nº 50-2008-MTPE/3 de fecha 17 de enero de 2008, del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2008-PCM, se crea la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, de carácter permanente, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de ejercer funciones de conducción, diseño, monitoreo y evaluación en la implementación del Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno en el proceso de descentralización que se desarrolla en el país; Que, el artículo 4º del citado Decreto Supremo dispone que dicha Comisión Multisectorial estará conformada entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que podrá contar con un Representante o Miembro Alterno, que será designado por Resolución Ministerial; Que, en atención a las consideraciones expuestas, se debe designar a los representantes del Sector ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales a que se refi ere el primer considerando; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, al señor ALBERTO GUZMAN JIMENEZ, Director General de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y a la señora ELIZABETH CORNEJO MALDONADO, Directora de Investigación Socio Económico Laboral de la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional, como representantes titular y alterno, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, ante la Comisión para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, de carácter permanente, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de ejercer funciones de conducción, diseño, monitoreo y evaluación en la implementación del Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno en el proceso de descentralización que se desarrolle en el país, constituida por Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 160197-1 Constituyen el Grupo de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a cargo de la implementación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2008-TR Lima, 4 de febrero de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29158 de fecha 20 de diciembre de 2007 se aprobó la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - LOPE que establece los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, como parte del Gobierno Nacional, completando el marco normativo del proceso de descentralización; Que, el artículo 36º del Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM, - Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, señala que la Secretaría de Gestión Pública tiene por función la de coordinar y dirigir el proceso de modernización de la Administración Pública; Que, conforme a la estrategia de implementación de la LOPE, es necesaria la conformación del Grupo de Trabajo Ministerial que tendrá como función principal asumir las acciones de implementación de la LOPE dentro de su ámbito respectivo; Que, mediante Ofi cio N° 632-2007-MTPE/4, se comunicó a la Presidencia del Consejo de Ministros que el grupo de trabajo encargado de la implementación de la LOPE en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, estará conformado por el Viceministro de Trabajo, la Viceministra de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, el Secretario General, la Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica y el Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Que, en consecuencia, es necesario emitir la correspondiente Resolución Ministerial que formalice la creación del citado Grupo de Trabajo Ministerial, a fi n que puedan ser convocados para efectivizar las actividades de implementación de la LOPE en coordinación con la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25º inciso 8 la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 173-2002 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Del Grupo de Trabajo Ministerial LOPE Constituir el Grupo de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a cargo de la implementación de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – LOPE. Artículo 2°.- De los integrantes El citado Grupo de Trabajo Ministerial está conformado por los funcionarios que ocupan los siguientes cargos: - El Viceministro de Trabajo, quien lo presidirá.