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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2008 (02/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375325 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Ayacucho DECRETO SUPREMO N° 044-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de diciembre de 2003, se fi rmó el Convenio de Financiación N° PER/B7-3100/03/5758, entre el Gobierno del Perú representado por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI en su calidad de Coordinador Nacional para la Cooperación de la Unión Europea en el Perú y, la Comunidad Europea representada por la Comisión de las Comunidades Europeas; constituyéndose para tal efecto el Consejo Nacional de Descentralización, como benefi ciario y ejecutor del “Programa de Apoyo al Desarrollo Socioeconómico y a la Descentralización en las Regiones de Ayacucho y Huancavelica -AGORAH”; Que, el rubro V.5 Transferencia de Divisas (FONDOS DE APOYO PRESUPUESTARIO FOCALIZADO), que conforma el -Cuadro Presupuestario Global-mencionado en el Capítulo IV FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO, del anexo 2 “Disposiciones Técnicas y Administrativas de Ejecución”, que forma parte del Convenio de Financiación indicado en el considerando precedente, señala “La transferencia de 10 000 000,00 de Euros está prevista en el marco de un apoyo presupuestario directo destinado a aumentar los presupuestos de los Gobiernos Regionales de Huancavelica y Ayacucho, durante los próximos tres (03) años para el fi nanciamiento de infraestructuras”; Que, mediante Decreto Supremo N° 101-2007-PCM, se autorizó la transferencia fi nanciera de S/. 10 613 166,00 (Diez Millones Seiscientos Trece Mil Ciento Sesenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles) a favor de los Gobiernos Regionales de Ayacucho y Huancavelica en S/. 6 143 573,00 (Seis Millones Ciento Cuarenta y Tres Mil Quinientos Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 4 469 593,00 (Cuatro Millones Cuatrocientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y Tres y 00/100 Nuevos Soles), respectivamente, de los cuales se transfi rió efectivamente al Gobierno Regional de Ayacucho la suma de S/. 4 970 860,00 (Cuatro Millones Novecientos Setenta Mil Ochocientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), quedando un saldo de S/. 1 172 713,00 (Un Millón Ciento Setenta y Dos Mil Setecientos Trece y 00/100 Nuevos Soles), el cual ha sido incorporado mediante Resolución Ministerial N° 051-2008-PCM dentro del Presupuesto Institucional del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros -U.E. 013 Unidad de Seguimiento y Coordinación del Programa AGORAH; en calidad de Saldos de Balance, Gastos de capital; Que, con fecha 25 de julio de 2007 se suscribió la Adenda N° 1 al Convenio de Financiación PER/B7-3100/03/5758, acordándose en la Cláusula Segunda modifi car el ARTÍCULO 4 - PERÍODO DE EJECUCIÓN, señalando que la ejecución operativa debe culminar el 31 de diciembre de 2007, y la fecha de cierre de ejecución del Convenio de Financiamiento debe culminar el 30 de junio de 2008; Que, con fecha 12 de setiembre de 2007 se suscribió la Adenda N° 1 -Acuerdo de Delegación APCI - CND, señalando en su Artículo Quinto: “... la Entidad Gestora del Programa realizará los pagos y/o transferencias, de los gastos de funcionamiento, consignados en el POG y POA y otros inherentes al programa, así como autorizará las transferencias de recursos, a solicitud de las Unidades Ejecutoras de AGORAH, en los Gobiernos Regionales de Ayacucho y Huancavelica, siempre y cuando cumplan con los requisitos estipulados en la normatividad vigente y previa conformidad de la Dirección del Programa”;Que, según el numeral 75.2 del Artículo 75° de la Ley N° 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29035 -Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, las transferencias fi nancieras de fondos públicos que se realizan entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional; o del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1°.- Aprobación de Transferencia Financiera Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, hasta por la suma de S/. 1 172 713,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, con la fi nalidad de ser destinado a la obra: “Construcción Carretera Sarhua-Portacruz”; en el marco del Convenio de Financiación N° PER/B7-3100/03/5758. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 220996-1 Designan miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2008-PCM Lima, 1 de julio de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27332 -Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos- se estableció los lineamientos y las normas de aplicación general para todos los organismos reguladores; Que, de acuerdo con el artículo 6º de la citada Ley Nº 27332, los organismos reguladores cuentan con un Consejo Directivo como órgano de dirección máximo, cuyos miembros son designados por un período de cinco años; Que, el numeral 6 del artículo 32º de la Ley Nº 29158 -Ley Orgánica del Poder Ejecutivo- establece que los organismos reguladores son dirigidos por un Consejo Directivo, cuyos miembros deben ser designados mediante concurso público; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM se ha aprobado el reglamento del concurso público para la designación de los miembros de los Consejos Directivos de los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 068-2008- PCM se conformó la Comisión de Selección para la elección de los miembros faltantes en el Consejo Directivo Descargado desde www.elperuano.com.pe