Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2008 (02/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375342 de inversión se efectúa mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia financiera es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolución debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Pliego, señalando que el Gobierno Nacional suscribe, previamente convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; indicando que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; De conformidad con las Leyes Nºs 28411 y 29142; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 634 448,00) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Vitor, para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución y el cronograma de desembolsos del mismo Anexo. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Vítor efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución, se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal, de la Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los desembolsos se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Vítor, presente a Provías Descentralizado los adelantos y valorizaciones por avances de obra. Artículo 4º.- El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función de los resultados de la ejecución de los proyectos, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y de Provías Descentralizado. Artículo 5º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Financiero suscrito entre Provías Descentralizado y la Municipalidad Distrital de Vitor. Artículo 6º.- Provías Descentralizado es responsable del seguimiento y monitoreo de los Proyectos descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 7º.- La presente Resolución y su anexo se encuentra a disposición del público en general en la página web http://www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesANEXO TRANSFERENCIAS FINANCIERAS - 2008 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VITOR - AREQUIPA (En Nuevos Soles) COD. SNIPPROYECTOSCronograma de Desembolsos MES - 1 6470965883Mejoramiento de la carretera Barrio Nuevo - Morante Mejoramiento de la carretera Sotillo -San Luis 289 886,00 344 562,00 TOTAL 634 448,00 220292-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusion por televisión comercial en VHF en Jaén, Cajamarca RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 364-2008-MTC/03 Lima, 27 de junio de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2008-007961, presentado por don RUBÉN ANTONIO ZAVALA CORNEJO sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Jaén, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral N° 2601-2006- MTC/17, se aprobó las Bases del Concurso Público N° 02-2006-MTC/17, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora y por televisión, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de VHF en la localidad de Jaén; Que, los días 16 y 26 de febrero del 2007, se llevaron a cabo los Actos Públicos de presentación de los Sobres Nºs 1, 2, 3 y 4, y de Apertura de los Sobres Nºs 1 y 2, así como la Apertura de los Sobres Nºs 3 y 4, y el Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgándose la Buena Pro para la autorización del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Jaén, departamento de Cajamarca, a don RUBÉN ANTONIO ZAVALA CORNEJO, conforme se verifi ca del Acta de los referidos Actos Públicos; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1716-2008- MTC/28 la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don RUBÉN ANTONIO ZAVALA CORNEJO ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 02-2006-MTC/17, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Público N° 02-2006-MTC/17, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Descargado desde www.elperuano.com.pe