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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2008 (02/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375340 Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, señala que lo dispuesto en el referido Reglamento es de aplicación a los bienes que hayan sido retirados y se encuentren pendientes de regularización; Que, actualmente se encuentran en vías de regularización la aprobación de donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD e IPREDA, a efectos de la inafectación del IGV e ISC, siendo el caso que respecto a los derechos arancelarios cuenta con la aprobación del sector correspondiente; Que, la asociación SOLIDARIDAD EN MARCHA , se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de Procedimientos de Aceptación y Aprobación, Internamiento de Donaciones de carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM y en virtud de la Ley de Creación de la APCI, Ley Nº 27692 modifi cada por Ley Nº 28925; Que, mediante certifi cado de donación de fecha 29 de Enero de 2007, se observa que Medical Bridges, Inc.,ha efectuado una donación a favor de la asociación SOLIDARIDAD EN MARCHA; Que, los bienes donados consisten en 779 bultos, conteniendo productos farmacéuticos, productos sanitarios y de higiene doméstica; productos cosméticos y de higiene personal; instrumental y material médico, excepto los productos vencidos, que no indican fecha de vencimiento y productos que no indican la denominación común internacional (nombre genérico), de acuerdo a lo aprobado por la Resolución Directoral Nº 076-2007-OGPP-OCI/MINSA, de fecha 28 de Mayo del 2007, con valor FOB de US$ 8,500.00 (OCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en la constancia de donación de fecha 29 de Enero del 2007 y la factura Nº 32-2007 de fecha 08 de Febrero del 2007, con un peso bruto manifestado de 4,412 kg, de acuerdo al conocimiento de embarque Nº HOUCLL7650286D, de fecha 31 de Enero del 2007, con un peso bruto declarado de 5,750 kg, consignado en la DUA Nº 118-2007-10-044836-01-3-00, de fecha 02-03-2007. Destinada a la distribución gratuita en los servicios de salud que ofrecen en los Policlínicos “Sagrada Familia”, el centro de Rehabilitación Física “Germán Doig”, ubicados en el Asentamiento Humano Felipe Alva y Alva; igualmente en el Centro Materno Infantil “Santa María de la Vida”, ubicado en el Asentamiento Humano República Democrática Alemana, todos ellos ubicados en el distrito de San Juan de Mirafl ores, Lima. Asimismo, la donación será distribuida gratuitamente en las campañas de salud que realicen periódicamente los mencionados centros, conforme se aprecia en las declaraciones juradas con fechas de recepción 21 de Junio, 02 de Julio y 05 de Octubre del 2007; Que, mediante Resolución Directoral Nº 076-2007- OGPP-OCI/MINSA, de fecha 28 de Mayo de 2007, el Ministerio de Salud aprobó en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Medical Bridges, Inc., a favor de la asociación SOLIDARIDAD EN MARCHA, respecto a los bienes antes detallados. Que, por lo expuesto corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Medical Bridges, Inc., a favor de la asociación SOLIDARIDAD EN MARCHA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, Ley Nro. 28905, Decreto Supremo Nro. 021-2008-EF y la Resolución Suprema Nro. 508-93-PCM; y en virtud de la Ley de Creación de la APCI, Ley Nº 27692 modifi cada por Ley Nº 28925; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, en vías de regularización, la donación efectuada por Medical Bridges, Inc., a favor de la asociación SOLIDARIDAD EN MARCHA, respecto a los bienes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, Decreto Supremo Nro. 021-2008-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 218257-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios y sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 082-2008-MTC Lima, 1 de julio de 2008VISTO:El Informe Nº 353-2008-MTC/12, de fecha 17 de junio de 2008, de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, los explotadores aéreos han presentado ante la autoridad aeronáutica civil solicitudes para ser atendidas durante el mes de julio de 2008, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, las empresas solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes de inspección y referidas en el Informe Nº 353-2008-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Descargado desde www.elperuano.com.pe