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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2008 (02/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375331 mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto hecho justifi cativo para su adopción; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por aceptada, con efi cacia al 16 de abril de 2008, la renuncia formulada por el señor Rafael Antonio AITA CAMPODÓNICO, como representante del Ministerio del Interior ante el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte - IPD. Artículo 2º.- Designar al abogado Telmo BARBA UREÑA, Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, como representante del Ministerio del Interior ante el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte - IPD. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 220996-4 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 064-2008-IN/PNP Lima, 1 de julio de 2008VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión N° 341-2008- DIRGEN-PNP/EMP-OAE, del 5 de junto de 2008, formulada por el Estado Mayor Personal de la Dirección General del la Policía Nacional del Perú, recomendando la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Alberto PONCE CUYA y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Roberto Julián SÁENZ CHACHI, a la ciudad de Santiago de Chile -República de Chile, del 4 de julio al 8 de julio de 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 231-2000- JUS del 20 de octubre de 2000, el Estado Peruano accede el pedido de extradición activa del procesado ciudadano peruano Jaime Antonio ACOSTA GONZALES o Daniel Herminio ACOSTA ESPEJO, formulado por la Sala Penal Superior Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, por la presunta Comisión del Delito de Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano y dispone su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Chile, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Mensaje urgente N/REF.: 1987/3712/ CDP/2008 del 16 de mayo de 2008, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Santiago de Chile - Chile, comunica a la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima - Perú, que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de Chile informó a esta policía, proceder a la entrega del reclamado por las autoridades competentes peruanas, ACOSTA GONZALES P/N Jaime Antonio, en virtud a extradición pasiva ROL NR 17-2000, motivo por el cual solicitan fecha estimada del traslado a Perú, nombres y números de documentos del personal policial designado, itinerario, así como si requieren reserva de un hotel durante su estadía en la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile; Que, mediante Memorándum N° 625-2008-DIRGEN- PNP/EMP-OAE del 9 de junio de 2008, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, aprueba y dispone que la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, formule el Proyecto de Resolución autoritativa de viaje en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Alberto PONCE CUYA y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Roberto Julián SÁENZ CHACHI, a fi n de que ejecuten del 4 de julio al 8 de julio de 2008, la Extradición Activa (recepción, custodia y traslado) del ciudadano peruano Jaime Antonio ACOSTA GONZALES o Daniel Herminio ACOSTA ESPEJO, desde la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, a la República del Perú; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio N° 958-2008-DIRECFIN- PNP-DEP/Sec. del 6 de junio de 2008, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú el Ofi cio N° 684-2008-DIREJADM.PNP.DIRECFIN.EM/UNIPRE y la Certifi cación de Crédito Presupuesta! N° 125-2008-DIREJADM-DIRECFIN-EM/UNIPRE, ambos del 5 de junio de 2008, estableciendo que efectuados los cálculos se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2 000.00 (Dos Mil con 00/100 dólares americanos), existiendo la disponibilidad presupuestal por comisión del servicio a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 4 de julio al 8 de julio de 2008, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Alberto PONCE CUYA y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Roberto Julián SÁENZ CHACHI, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley N° 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a Descargado desde www.elperuano.com.pe