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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2008 (02/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375337 a.Que los cuerpos de agua no tengan comunicación con ríos; b.Contar con autorización para efectuar poblamiento o repoblamiento del recurso trucha en el cuerpo de agua; y, c.Acreditar ante la respectiva Dirección Regional de la Producción o la Dirección General de Acuicultura que dichos ambientes hídricos han sido materia de poblamiento o repoblamiento mediante actas, facturas, convenios u otros documentos. Artículo 6º.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE y las Direcciones Regionales de la Producción están exceptuados de la prohibición establecida en el Artículo 1º de la presente Resolución, cuando sus actividades sean desarrolladas con fi nes de investigación o evaluación. Artículo 7º.- Las Direcciones Generales de Seguimiento, Control y Vigilancia, de Extracción y Procesamiento Pesquero y de Acuicultura del Ministerio de la Producción, las Direcciones Regionales de la Producción competentes, el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 220995-1 Prorrogan plazo para que concluya el Proceso de Fusión por Absorción del CEP PAITA con el FONDEPES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 589-2008-PRODUCE Lima, 1 de julio del 2008VISTOS: el Memorando Nº 0780-2008-PRODUCE/ OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y el Informe Nº 088-2008-PRODUCE/OGAJ-JCF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE se aprobó la Fusión del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES la calidad de entidad incorporante; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo estableció un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma citada, para que concluya el proceso de fusión aprobado; Que, asimismo, el artículo 4º del Decreto Supremo de fusión, dispuso que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, adecue sus instrumentos de gestión teniendo en cuenta la fi nalidad, acciones y criterios de la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, debiendo en un plazo no mayor de sesenta (60) días, elevar al Ministerio de la Producción un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones; Que, los plazos antes referidos, fueron sucesivamente prorrogados hasta el 01 de julio de 2008 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, el mismo que faculta al Ministerio de la Producción a dictar, de ser necesario y mediante Resolución Ministerial, las normas complementarias requeridas para la mejor aplicación del referido Decreto Supremo; así como, para prorrogar los plazos dispuestos en sus artículos 2º y 4º; Que, en concordancia con los documentos de vistos, resulta necesario ampliar los plazos previstos en los artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, para la continuación del trámite de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; Con el visado de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Prorrogar el plazo para que concluya el Proceso de Fusión por Absorción del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; así como, el plazo para la adecuación de los instrumentos de gestión de la entidad incorporante a los que se refi eren los artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE y el artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 472-2008-PRODUCE hasta el 01 de setiembre de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 220995-2 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones y nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Honolulú, Estado de Hawaii, Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2008-RE Lima, 1 de julio de 2008Vista la Resolución Suprema Nº 156-2004-RE, del 7 de mayo de 2004, que nombra al señor Alvin Philip Adams como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Honolulú, Estado de Hawaii, Estados Unidos de América; Visto el mensaje el facsímil Nº 012 del 20 de marzo de 2008 del Consulado General en San Francisco, Estados Unidos de América, mediante el cual se remitió la carta de renuncia al cargo de Cónsul Honorario del Perú en Honolulú del señor Alvin Philip Adams; Vista la necesidad de atender efi cientemente los requerimientos de nuestros connacionales en la ciudad de Honolulú, Estados Unidos de América, en concordancia con la política de protección y asistencia de los ciudadanos peruanos en el exterior, promoción cultural y turística del Perú en dicha ciudad; Vista la opinión del Consulado General del Perú en San Francisco en el sentido que el señor Carlos Juárez reúne las condiciones apropiadas para ocupar el cargo de nuevo Cónsul Honorario del Perú en Honolulú, Estados Unidos de América; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Consulado General del Perú en San Francisco, Estados Unidos de América; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; y en los artículos 127º inciso d), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del señor Alvin Philip Adams, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Honolulú, Estado de Hawaii, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 4º.- Nombrar al señor Carlos Juárez como Cónsul Honorario del Perú en Honolulú, Estado de Hawaii, Estados Unidos de América.Descargado desde www.elperuano.com.pe