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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de julio de 2008 377129 N° de Informe AFISD.N.I. CanceladoRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 3279 25573562366-2007/SGDI/ GPDR/RENIECCarola Estela Velásquez Gutiérrez de Scheffel07836001 3029 80417955350-2007/SGDI/ GPDR/RENIECVicente Marquina Flores 17932770 3283 43876154366-2007/SGDI/ GPDR/RENIECAntonio Gonzáles y Campos 22426705 2738 41488614313-2007/SGDI/ GPDR/RENIECSantos Luis Silva Vásquez 80246591 3184 80589093373-2007/SGDI/ GPDR/RENIECFranco Rodríguez Flores 16001934 3010 43669805356-2007/SGDI/ GPDR/RENIECEmerson Romaní Mezahuamán 40499542 2787 80551435335-2007/SGDI/ GPDR/RENIECIrma Irene Crisóstomo Calderón 22642361 2795 43709519335-2007/SGDI/ GPDR/RENIECDoris Elizabeth Tuanama Tuanama 80242584 6551 80625510718-2007/SGDI/ GPDR/RENIECAntonia Auccatoma de la Cruz 28705992 7088 10084313756-2007/SGDI/ GPDR/RENIECDick Peter Gómez Rojas 09768809 2342 10022979282-2007/SGDI/ GPDR/RENIECDonato Bautista Lozano 28253446 3426 40361738 376-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJosé Christian Levano Zavala 40014190 3596 44868743439-2007/SGDI/ GPDR/RENIECKarina Milka Chávez de los Santos 09840810 3331 43512041349-2007/SGDI/ GPDR/RENIECCésar Augusto Mancesidor Loli 40011234 2833 44059766 328-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJosoy Abel Jaime Huamán 20973542 3035 80601082 350-2007/SGDI/ GPDR/RENIECEufemia Delgado Ponce 17832357 2928 44901080370-2007/SGDI/ GPDR/RENIECAna Huerta de Paucar 22878894 2874 43949306407-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJosé Marcos Samana Mauricio 80371996 3286 40183835366-2007/SGDI/ GPDR/RENIECVíctor Raúl Núñez Rosillo 15669355 2207 44867176268-2007/SGDI/ GPDR/RENIECDavid Lucio Roque Contreras 43424400 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas cancelaron la segunda inscripción del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido en agravio del RENIEC, el delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537, la Ley N° 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Carola Estela Velásquez Gutiérrez de Scheffel, Vicente Marquina Flores, Antonio Gonzáles y Campos, Santos Luis Silva Vásquez, Franco Rodríguez Flores, Emerson Romaní Mezahuamán, Irma Irene Crisóstomo Calderón, Doris Elizabeth Tuanama Tuanama, Antonia Auccatoma de la Cruz, Dick Peter Gómez Rojas, Donato Bautista Lozano, José Christian Levano Zavala, Karina Milka Chávez de los Santos, César Augusto Mancesidor Loli, Josoy Abel Jaime Huamán, Eufemia Delgado Ponce, Ana Huerta de Paucar, José Marcos Samana Mauricio, Víctor Raúl Núñez Rosillo y David Lucio Roque Contreras,. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 231212-4ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección la contratación de suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huánuco RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 420-2008-INPE/P Lima, 23 de julio de 2008 VISTOS, el Ofi cio Nº 002-2008-INPE/23 emitido por la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa, recibido por Secretaría General del INPE el 23 de julio de 2008, por el cual adjunta el Informe Técnico Legal Nº 002-2008-INPE/23.03 de fecha 21 de julio de 2008, suscrito por las Unidades de Administración y Asesoría Jurídica, por el cual se solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para las internas, niños y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huánuco e Informe Nº 217-2008-INPE/08 de fecha 23 de julio de 2008, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 002-2008- INPE/23.03 de fecha 21 de julio de 2008, suscrito por las Unidades de Administración y Asesoría Jurídica de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa, señalan que con fecha 7 de setiembre de 2007, se suscribió el Contrato Nº 022-2007-INPE/21, con el Consorcio PIZZERIA SOFIA Y EXITOS INTEGRALES EIRL, para el “Suministro de alimentos preparados para el personal de seguridad, salud e internas del E.P.S. Huánuco O.R.O.P”, derivado del proceso de selección de la Licitación Pública Nº 001-2007-INPE/21, convocado por relación de ítems, bajo la modalidad de Subasta Inversa; Que, también informan que el abastecimiento de alimentos preparados para el citado establecimiento penitenciario, desde el 6 de mayo de 2008, se viene suministrando mediante una Addenda al contrato original, suscrito con el mismo contratista por el importe de treinta y nueve mil ciento cuarenta y nueve con 85/100 nuevos soles (S/. 39 149,85), importe que según los citados funcionarios cubrirá hasta el 22 de julio de 2008; Que, de otro lado, señalan que mediante Resolución Directoral Nº 024-2008-INPE/21 de fecha 31 de enero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa, por el cual se tiene previsto la Licitación Pública Nº 001-2008-INPE/23 “Suministro de alimentos preparados para los internos y personal de seguridad de los E.P.S. Huánuco y Pucallpa de la O.R.O.P.”; Que, de acuerdo al citado Informe Técnico Legal Nº 002-2008-INPE/23.03 de fecha 21 de julio de 2008, el referido proceso de selección se convocará el 5 de agosto de 2008, debiéndose otorgar la buena pro el 26 de agosto de 2008; Que, mediante Informe Nº 33-2008-INPE/23.03.ADQ de fecha 21 de julio de 2008, el Jefe de adquisiciones solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para las internas, niños y personal de seguridad que labora 24X48 del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huánuco, por lo que se deben adoptar las medidas pertinentes a fi n de no desabastecer de dicho suministro al referido centro penitenciario; Que, mediante Ofi cio Nº 58-2008-INPE/23.03, de fecha 22 de julio de 2008, el Subdirector de la Ofi cina de Descargado desde www.elperuano.com.pe