Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2008 (04/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, martes 4 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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complementarias necesarias para la adecuada aplicacion, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 149-MDSM y el inciso 6) del Articulo 20º y el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 31 de marzo de 2008, el vencimiento del beneficio establecido en la Ordenanza Nº 149-MDSM. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub de Obras Privadas y Sub Gerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan vencimiento de fechas de pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2008-MDLP-ALC
La MORDAZA, 26 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Vistos, el Memorandum Nº 090-2008-GAT/MDLP de fecha 20-02-2008, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, INFORME Nº081-2008-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica e INFORME Nº 033-2008GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Distritales y Provinciales, son organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo Primero de la Ordenanza Nº 001-2008 MDLP, senala el plazo de vencimiento para el pago del impuesto predial, y arbitrios municipales para el presente ano; Que, en el articulo Primero de las Disposiciones Finales de la Ordenanza Nº 001-2008 MDLP se faculta al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia establezca fechas distintas a las senaladas en la pre-citada Ordenanza Nº 001-2008 MDLP; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los Decretos de Alcaldia, establecen normas reglamentarias de aplicacion a las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, el Articulo 36º del T.U.O del Codigo Tributario establece que la Administracion Tributaria puede conceder aplazamiento para el pago de la deuda tributaria de caracter general; Que, siendo politica de la actual gestion MORDAZA brindar las mayores facilidades de pago a los vecinos del distrito, se hace necesario prorrogar la fecha de vencimiento del pago del impuesto predial y arbitrios municipales, a fin que estos puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 4 de MORDAZA del presente ano el vencimiento de la fecha de pago al contado del impuesto predial, o, en forma fraccionada de la primera cuota trimestral, establecida en la Ordenanza Nº 001-2008 MDLP. Articulo Segundo.- Prorroguese hasta el 4 de MORDAZA del presente ano el vencimiento de la fecha de pago de los arbitrios municipales correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo establecido en la Ordenanza Nº 001-2008 MDLP. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Sub Gerencia de Tesoreria el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Prorrogan beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria establecido mediante Ordenanza Nº 143-MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2008-MDSM
San MORDAZA, 28 de febrero de 2008 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, la Ordenanza Nº 143-MDSM y el Decreto de Alcaldia Nº 012-2007-MDSM, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 143-MDSM, con fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano de fecha 04 de diciembre de 2008, se ha establecido un Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas tributarias y obligaciones pendientes al 30 noviembre de 2007, beneficio que rigio hasta el 20 de diciembre de 2007, siendo prorrogada por Decreto de Alcaldia Nº 011-2007 MDSM, publicado el 21 diciembre de 2007 y Decreto de Alcaldia Nº 012-2007 MDSM, publicado el 03 de enero de 2008; Que, habiendo recogido el sentir de los vecinos san miguelinos, quienes desean cumplir con sus obligaciones tributarias, la cual no han podido realizar hasta la fecha; siendo una de las mayores preocupaciones de esta Administracion brindar a los contribuyentes las mayores facilidades para que puedan cumplir con sus obligaciones formaleonomica por la que atraviesa el MORDAZA es necesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio; Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad establecida en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 143-MDSM y en el inciso 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria, establecido en la Ordenanza Nº 143-MDSM, hasta el 31 de marzo de 2008. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, la Sub Gerencia de Tesoreria, Sub Gerencia de Informatica, y a la Secretaria de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

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