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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2008 (05/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de mayo de 2008 371804 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Denominan a la Ciudad de Contamana como “La Perla del Ucayali” ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2008-GRL-CR Villa Belén, 7 de abril del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de Loreto en Sesión Ordinaria de fecha 7 de abril del 2008, en uso de sus atribuciones aprobó por Mayoría la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º, 192º, 197º y 198º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias y demás normas complementarias, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, prueben el desarrollo y la economía Regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo; Que, de conformidad con los artículos 3º, 4º y 6º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, los Gobiernos Regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; fomentan el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión publica, privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, población, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el conocimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio Regional, orientado al ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, de conformidad con los artículos 9º literales f) y i) y 15º literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, señala que es competencia constitucional de los Gobiernos Regionales dictar las normas inherentes a la gestión regional; presentar iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia; son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con el artículo 45º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, en concordancia con las políticas sectoriales y funciones generales - literal a), segundo párrafo, confi ere a los Gobiernos Regionales atribuciones de defi nir, normar, dirigir y gestionar sus políticas regionales y ejercer sus funciones generales y específi cas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales, y en el literal b), numeral 1) y 2), se le atribuyen las funciones de elaborar y aprobar normas de alcance regional; de diseñar políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, con Ofi cio Nº 111-2008-MPU-A-C de la Municipalidad Provincial de Ucayali y el Ofi cio Nº 113-2008-GRL-GSRU/G de la Gerencia Sub Regional de Ucayali, se remitió la información que sirve como sustento a la presente Ordenanza Regional, para la denominación ofi cial de la ciudad de Contamana como “LA PERLA DEL UCAYALI”, iniciativa que institucionalmente es respaldada por las autoridades de la provincia de Ucayali, tales como la Municipalidad Provincial, la Gerencia Sub Regional y la Parroquia San Francisco de Asís. Cabe precisar que para la recopilación de la información se contó con el apoyo especializado de la Municipalidad Provincial de Ucayali, debido que cuenta con mayor información histórica y la Parroquia de la ciudad de Contamana, a través de los documentos y relatos históricos que obran en su poder, desde la llegada de los Misioneros Franciscanos a esta hermosa tierra, que es el orgullo de la población de la provincia de Ucayali; Que, la ciudad de Contamana se encuentra ubicada a orillas del río Ucayali, a 07º21’12’’ de latitud sur y a 75º00’54’’ de longitud oeste, con un aproximado de 20 mil habitantes, siendo ésta la capital de la provincia de Ucayali en la Región Loreto, fundado por el Rvdo. Padre Franciscano Buenaventura Márquez, el 21 de enero del año 1807. Etimológicamente la palabra CONTAMANA tiene su origen en el dialecto SHIPIBO, compuesta de dos palabras: CONTA, que signifi ca PALMERA y MANA que signifi ca CERRO O TIERRA, es decir, CERRO DE LA CONTA O PALMERA. La época dorada del caucho, en nuestra Amazonía, abarcó los años 1880 -1914; albores de la Primera Guerra Mundial y con él, la caída en el precio de la cotizada goma y por ende, fi n de lucrativa actividad extractiva. Durante la época, el pueblo de Contamana adquiere una importancia de primer orden, en esta parte del Ucayali, debido a su excelente ubicación geográfi ca, convirtiéndose en próspero centro de acopio, del látex deseado; a cargo de comerciantes extranjeros; chinos, judíos, portugueses, españoles, ingleses, entre otros; creando en el pueblo, una pasajera prosperidad comercial. Este inusitado progreso sirvió para que en el año 1900 por Ley Nº 03995, se aprobara la creación de la provincia de Ucayali, con su capital Contamana, distrito Santa Catalina con su capital Catalina; Calleria con su Capital San Jerónimo; Masisea con su capital Masisea y Contamana con su capital Contamana, abarcando la nueva provincia desde Alto Ucayali, por el sur; hasta Requena; por el norte; con una extensión de 175,619 Km2. Aquella Contamana antiguo, fue llevado por la erosión del río; sin embargo, se le recuerda, como un bonito pueblo, a lo largo del río Ucayali, con sus 24 cuadras, adornada de una hermosa alameda de frondosos árboles de mango, con sus graciosas casitas de madera, con amplia huerta y jardines exteriores, que aunada a la belleza de sus mujeres, con mucha justicia en aquel entonces, se le conocía con la denominación de la “LA PERLA DEL UCAYALI”. La ciudad de Contamana se constituye como el puerto intermedio más importante del corredor económico, Pucallpa – Iquitos; su principal intercambio comercial lo realiza con la ciudad de Pucallpa, utilizando como principales actividades económicas de la provincia: La Agricultura: Es de tipo tradicional, la siembra es en secano y por lo general en la época de vaciante del río Ucayali, con la fi nalidad de aprovechar los sedimentos edáfi cos que deja cada vaciante en los barrizales y restingas. Los cultivos tradicionales de campaña son el arroz, el maíz, las menestras, el maní y el plátano. En las zonas de altura, se caracteriza por la siembra de yuca y frutales en mediana escala. Las zonas de mayor Descargado desde www.elperuano.com.pe