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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de mayo de 2008 372296 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 200743-14 Autorizan viajes de profesionales del Ministerio a Japón y EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2008-MINCETUR Lima, 14 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que, la Primera Ronda de Negociación para la suscripción de un Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre Perú – Japón, se llevará a cabo en la ciudad Tokio, Japón, los días 28 al 30 de mayo de 2008; Que, dada la importancia de dicha Ronda de Negociación, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Luis Cano Cáceres, profesional que presta servicios en dicho Viceministerio, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR participe en la reunión mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo y es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 29142 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Luis Cano Cáceres, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a la ciudad de Tokio, Japón, del 26 de mayo al 01 de junio de 2008, para que en representación del MINCETUR, participe en la I Ronda de Negociaciones para lograr un Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones con Japón, a realizarse en dicha ciudad. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 958,82 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional autorizado mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 200743-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2008-MINCETUR Lima, 14 de mayo de 2008 CONSIDERANDO:Que, la implementación de los compromisos previstos en el Capítulo Ambiental y en el Anexo Forestal del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos, implica la entrada en vigor de este Acuerdo; Que, en tal sentido, es necesario realizar todas las gestiones y actividades para lograr dicha implementación, tanto aquellas previas a la entrada en vigor del Acuerdo como las que deben realizarse dentro de los 18 meses a partir de su vigencia; Que, a tal efecto, se llevará a cabo una reunión bilateral de trabajo sobre la implementación del Capítulo Ambiental y del Anexo Forestal, con las agencias de Estados Unidos encargadas del tema ambiental (USTR y el Departamento de Estado, entre otras), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 28 al 31 de mayo de 2008, a fi n de discutir y acordar los textos normativos requeridos para la implementación; Que, dada la importancia de dicha reunión, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje a la ciudad de Washington D.C., de los señores Ernesto Guevara Lam y Patricia Iturregui Byrne, quienes prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la mencionada reunión; Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley N° 29142, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ernesto Guevara Lam y Patricia Iturregui Byrne, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 de mayo al 01 de junio de 2008, para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. 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