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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2008 (15/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de mayo de 2008 372308 8704 32 20 00 VEHÍCULOS DE ENCENDIDO POR CHISPA PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS, CON CARGA MÁXIMA SUPERIOR A 6.2 T PERO INFERIOR O IGUAL A 9.3 T 8704 32 90 00 VEHÍCULOS DE ENCENDIDO POR CHISPA PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS, CON CARGA MÁXIMA SUPERIOR A 9.3 T 8704 90 00 00 LOS DEMÁS VEHÍCULOS AUTOMÓVILES PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS 8705 10 00 00 CAMIONES GRÚA 8705 20 00 00 CAMIONES AUTOMÓVILES PARA SONDEO O PERFORACIÓN8716 10 00 00 REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES PARA VIVIENDA O ACAMPAR, DEL TIPO CARAVANA 8716 31 00 00 CISTERNAS 8907 10 00 00 BALSAS INFLABLES8907 90 10 00 BOYAS LUMINOSAS9015 10 00 00 TELÉMETROS9015 20 10 00 TEODOLITOS9015 30 00 00 NIVELES9015 40 10 00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS 9015 80 90 00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE GEODESIA, TOPOGRAFÍA, AGRIMENSURA, NIVELACIÓN, FOTOGRAMETRÍA, HIDROGRAFÍA, OCEANOGRAFÍA, HIDROLÓGICA, METEOROLOGÍA O GEOFÍSICA, EXCEPTO TELÉMETROS, TEODOLITOS, NIVELES, FOTOGRAMETRÍA 9027 20 00 00 CROMATÓGRAFOS E INSTRUMENTOS DE ELECTROFORESIS 9406 00 00 00 CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS II. LISTA DE SERVICIOS a. SERVICIOS DE OPERACIONES DE EXPLORACIÓN 1 SERVICIOS TOPOGRÁFICOS Y/O GEODÉSICOS 2 SERVICIOS GEOFÍSICOS, GEOLÓGICOS Y GEOQUÍMICOS3 SERVICIOS DE PERFORACIÓN, COMPLEMENTACIÓN Y/O ABANDONO DE POZOS 4 SERVICIOS DE PERFILAJE DE POZOS 5 SERVICIOS DE PRUEBAS DE POZOS6 SERVICIOS RELACIONADOS A LA PROTECCIÓN AMBIENTAL b. OTROS SERVICIOS VINCULADOS A LAS OPERACIONES DE EXPLORACIÓN 7 SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO Y DEPÓSITO DE MUESTRAS DE LAS OPERACIONES 8 SERVICIOS DE ASESORÍA, CONSULTORÍA ASÍ COMO DE ASISTENCIA Y ESTUDIOS TÉCNICOS ESPECIALES SOBRE LAS OPERACIONES 9 SERVICIOS DE ALOJAMIENTO Y ALIMENTACIÓN DEL PERSONAL OPERATIVO DEL TITULAR DEL CONTRATO 10 SERVICIOS DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN, ARMADO Y DESARMADO DE MAQUINARIA Y EQUIPO NECESARIO PARA LAS OPERACIONES 11 SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO MOBILIARIO UTILIZADO EN LAS OPERACIONES 12 ALQUILER O ARRENDAMIENTO FINANCIERO DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 13 SERVICIOS DE TRANSPORTE DE BIENES Y PERSONAL NECESARIOS PARA LAS OPERACIONES Y ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN 14 SERVICIOS DE SISTEMAS E INFORMÁTICA 15 SERVICIOS DE COMUNICACIONES16 SERVICIOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y CONTRAINCENDIOS17 SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE INSTALACIONES Y PERSONAL OPERATIVOS 18 SERVICIOS DE AUDITORÍAS TÉCNICAS 19 SERVICIOS DE MUELLES Y AMARRADEROS, CARGA Y DESCARGA FLUVIAL Y MARÍTIMO 20 SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA 21 SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS22 SERVICIOS DE DESPACHOS ADUANEROS23 SERVICIOS DE COMPRAS DE EQUIPOS Y MATERIALES DESTINADOS A LAS OPERACIONES 24 SERVICIOS DE SEGUROS 199672-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2008-MEM/DM Lima, 8 de mayo de 2008VISTO el expediente Nº 1766719, de fecha 12 de marzo de 2008, y sus anexos Nº 1768051 y Nº 1775258, formado por la empresa Burlington Resources Peru Limited, Sucursal Peruana, sobre la aprobación de la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará al Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que le sea aplicable; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27624, se estableció el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los artículos 6º y 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción, directamente vinculados a las actividades de exploración, durante la fase de exploración de los Contratos y la ejecución de los Convenios de Evaluación Técnica; Que, el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 963, de fecha 22 de diciembre de 2006, prorrogó la vigencia de la Ley Nº 27624 y modifi catorias, hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, el literal c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgarán el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo deberán estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de mayo de 2004, se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorga el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a los titulares de las actividades de exploración de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27624 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-EF, de fecha 15 de febrero de 2007, se aprobó el Arancel de Aduanas 2007, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 027-2007-EF, señalándose como fecha de entrada en vigencia el 1 de abril de 2007; Que, mediante expediente Nº 1766719, de fecha 12 de marzo de 2008, la empresa Burlington Resources Peru Limited, Sucursal Peruana, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, suscrito el 24 de mayo de 2007, ha solicitado al Ministerio de Energía y Minas la aprobación de la lista de los bienes y servicios cuya adquisición le otorgará al Contratista del citado Contrato, el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a su favor; Que, al momento de presentar la solicitud referida en el considerando precedente, el Arancel de Aduanas 2007 ya se encontraba vigente, por lo que la empresa Burlington Resources Peru Limited, Sucursal Peruana, mediante expediente Nº 1768051 procedió a remitir la lista de bienes y servicios propuesta adecuada al nuevo Arancel de Aduanas; Que, asimismo, a la suscripción del Contrato de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129 ya se encontraba vigente la Ley Nº 27624, modifi cada por la Ley Nº 27662, por lo que el benefi cio solicitado por la referida empresa será a partir de la fecha de inicio del primer período de la fase de exploración de dicho Contrato, es decir a partir del 1 de julio de 2007, de acuerdo a lo informado por Perupetro S.A. mediante Carta Nº GGRL-CONT-462-2008, de fecha 5 de marzo de 2008; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Ofi cio Nº 112-2008-EF/15.01, de fecha 14 de abril de 2008, ha emitido opinión favorable a la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Descargado desde www.elperuano.com.pe