Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2008 (30/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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la MORDAZA "la Papa" necesitara de todos los MORDAZA para tener una buena receptividad de parte de los lideres de opinion y voceros del MINAG. Asimismo, para la seleccion de las radios se consideraron a los de mayor sintonia a nivel nacional, tomando en consideracion a las emisoras de los tres grupos mas representativos y de prestigio del medio radial; Que, de otro lado, conforme al citado Informe, la MORDAZA publicitaria sera difundida durante el mes de junio de 2008, en el que los spots televisivos tendran una duracion de treinta y cinco (35) segundos para las primeras tres (03) semanas, y de quince (15) segundos para la cuarta semana, con frecuencias de una (01) a cuatro (04) veces diarias en horas punta de la programacion de las emisoras. Por su parte, los spots radiales tendran una duracion de treinta (30) segundos, durante las cuatro (04) semanas que dure la MORDAZA, con frecuencias de seis (06) veces diarias en horas punta de la programacion de las emisoras. El precio total de los servicios de publicidad televisivo y radial asciende a la suma de S/. 1´080,172.00 (Un Millon Ochenta Mil Ciento Setenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorandum Nº 836-2008-AG-OGA 877-OL, la Oficina General de Administracion remite el Informe Nº 039-2008-AG-OGA-OL de la Oficina de Logistica, y el Informe Nº 023-2008-AG-OGA-OL-UADQ de la Jefatura de Adquisiciones de la Oficina de Logistica, en los que se da sustento y conformidad a la solicitud de exoneracion para la contratacion de los servicios personalisimos de publicidad televisiva y radial a fin de llevar adelante la MORDAZA de difusion senalada anteriormente; Que, mediante Informe Nº 167-2008-AG-OGAUCEP, la Unidad de Control y Ejecucion Presupuestal de la Oficina General de Administracion manifiesta que la cuenta Especifica 68 Publicidad, del Presupuesto del Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, si cuenta con recursos disponibles para la contratacion de los referidos servicios de publicidad; Que, de acuerdo con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante la Ley), aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la contratacion de servicios personalisimos, segun lo que establezca el Reglamento; Que, el tercer parrafo del articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante el Reglamento), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, precisa que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, tratandose el presente caso de una contratacion de servicios de publicidad en medios televisivos y radiales de amplia cobertura, los mismos se encuentran dentro del supuesto de la MORDAZA MORDAZA citada, MORDAZA precisamente las caracteristicas particulares que distinguen a este MORDAZA de medios de comunicacion; Que, a efectos de formalizar la exoneracion indicada anteriormente, debe tenerse presente el literal a) del articulo 20º de la Ley, el cual establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, el tercer parrafo y siguientes del citado articulo 20º establecen que la Resolucion del Titular del Pliego requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo, debiendo ser publicada dicha Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA de la misma, asi como MORDAZA de los informes que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el subnumeral 6.6. del Numeral VI, Disposiciones Especificas, de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE precisa que la Resolucion que aprueba la exoneracion

debe ser remitida a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, debe tenerse en cuenta los articulos 146º y 147º del Reglamento, los cuales senalan que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, asi como publicarse adicionalmente a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE; Que, el MORDAZA y tercer parrafo del Articulo 148º del Reglamento establecen que la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de dicha exoneracion deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, debiendo la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que, en atencion a lo anterior, y dado que la solicitud que motiva el presente Informe se adecua a las disposiciones previstas en la Ley y el Reglamento, corresponde autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion solicitada por la Oficina de Imagen Institucional del Ministerio de Agricultura; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Ley Nº 26850 y sus modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, via servicios personalisimos, prevista en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la contratacion de los servicios de publicidad televisiva y radial, a fin de difundir la MORDAZA "Papea Peru" Primera Etapa, durante el mes de junio de 2008, mediante spots televisivos de una duracion de treinta y cinco (35) segundos para las primeras tres (03) semanas, y de quince (15) segundos para la cuarta semana, con frecuencias de una (01) a cuatro (04) veces diarias en horas punta de la programacion de las emisoras, asi como spots radiales con una duracion de treinta (30) segundos, durante las cuatro (04) semanas que dure la MORDAZA, con frecuencias de seis (06) veces diarias en horas punta de la programacion de las emisoras. El precio total de los servicios de publicidad televisivo y radial asciende a la suma de S/. 1´080,172.00 (Un Millon Ochenta Mil Ciento Setenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Conforme a lo expresado en el Sustento Tecnico de la Oficina de Imagen Institucional, los medios de comunicacion a ser contratados son los siguientes: MORDAZA 2 ­ Frecuencia Latina S/. 118,738.00 MORDAZA 4 ­ MORDAZA Television S/. 288,972.00 MORDAZA 5 ­ Panamericana Television S/. 84,966.00 MORDAZA 7 ­ Instituto de Radio y Television del Peru S/. 51,206.00 MORDAZA 9 ­ MORDAZA de Radio y Television S/. 260,911.00 MORDAZA 13 ­ Red Global S/. 44,686.00 Radio Programas del Peru S/. 122,094.00 Radio Panamericana S/. 57,191.00 Radio La Inolvidable S/. 51,408.00 Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de

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