Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2008 (30/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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373097

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador y de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 511-2008-DE/SG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO:

Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 484 de fecha 12 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la V Reunion de Estados Mayores y XIX Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA entre la Armada del Ecuador y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la realizacion de Intercambios Profesionales y Academicos para el ano 2008, habiendose considerado la realizacion de una pasantia de levantamiento hidrografico fluvial a bordo del B.A.P. "STIGLICH"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 1 de junio al 5 de MORDAZA de 2008, para participar en una pasantia de levantamiento Hidrografico Fluvial a borde del B.A.P "STIGLICH", de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 206588-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 512-2008-DE/SG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 485 de fecha 12 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad

y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales, en el MORDAZA del Convenio firmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de MORDAZA, de entonces, y la MORDAZA de los Estados Unidos, colabora personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, que es rotado periodicamente; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 1 al 28 de junio de 2008, para realizar practica de investigacion en el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 206588-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2008
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 331-2008-EF/15 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley N° 28323, se establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el Articulo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, establece que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las

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