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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de noviembre de 2008 383356 suyo el Informe Nº 259-2008-MPC-GGAJC-SGCA de la Subgerencia de Coordinación y Apoyo, opinando que el cambio de zonifi cación es procedente, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN DE LOS PREDIOS UBICADOS ENTRE LA AVENIDA ELMER FAUCETT, AVENIDA EL OLIVAR, CALLE 6, CALLE 10, CALLE 5, CALLE H DE LA URB. INDUSTRIAL GRIMANESA, AVENIDA A, AVENIDA TOMÁS VALLE DEL CERCADO DEL CALLAO Artículo 1º. Apruébase la Actualización de la Zonifi cación de los predios ubicados entre la Avenida Elmer Faucett, Avenida El Olivar, Calle 6, Calle 10, Calle 5, Calle H de la Urb. Industrial Grimanesa, Avenida A, Avenida Tomás Valle, del Cercado del Callao, de zona Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Local (CL) a Comercio Provincial (CP) e Industria Elemental Liviana (IEL), de conformidad al Plano CZ - 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º. Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano Director 1995-2010 de la Provincia Constitucional del Callao aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 19 de octubre de 1995. Artículo 3º. Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 277109-1 Establecen lineamientos generales para la prestación del servicio de transporte público que autoriza la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000067 Callao, 30 de octubre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, sen sesión de fecha 30 de octubre de 2008; aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 33, establece que los gobiernos locales pueden otorgar concesiones a personas jurídicas, nacionales o extranjeras para la ejecución y explotación de obras de infraestructura o de servicios públicos locales; asimismo, el artículo 81, numeral 1.4, señala que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen las funciones de normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identifi car las vías y rutas establecidas; Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, establece los lineamientos generales, económicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y tránsito terrestre, disponiendo en su artículo 17, que las municipalidades provinciales tienen competencia normativa, de gestión y de fi scalización en materia de transporte y tránsito terrestre en su jurisdicción; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000020, del 31 de Marzo de 2007, aprobó el procedimiento especial de acceso al otorgamiento de autorizaciones municipales por el plazo de diez años, para la prestación del servicio de transporte público en sus diversas modalidades, a favor de aquellas empresas de transporte que presenten y aprueben un proyecto de inversión y de reestructuración empresarial y operacional, que contenga la propuesta de renovación de flota vehicular por unidades tipo ómnibus cero kilómetros, un plan de financiamiento económico que determine la forma de adquisición de unidades nuevas y que incluya la administración del producto del pasaje sobre las unidades nuevas, la producción del servicio en sus estados financieros de manera progresiva, el control de frecuencia y los mecanismos de control de servicio; Que, en la sesión de la fecha, el Concejo Provincial del Callao adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000264 el mismo que cuenta como antecedente el Informe Nº 424-2008-MPC/GGTU-SGCA, de la Sub-Gerencia de Coordinación y Apoyo, dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano, señala que el objetivo general del Sistema de Transporte Urbano y la Vialidad, es garantizar la interrelación y el fl ujo de personas, bienes y servicios entre las grandes áreas urbanas al interior de la provincia, de la capital y de ésta con la región con el resto del país. Asimismo, cuenta con el Informe Legal Nº 248-2008-MPC- GGAJC-SGCA de la Sub gerencia de coordinación y apoyo, dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el cual es favorable a la aprobación de la presente ordenanza; Que, es indispensable fortalecer la institucionalidad de un servicio de transporte público efi ciente, rentable y moderno resulta necesario complementar la política de desarrollo y mejoramiento del servicio de transporte público de pasajeros autorizado por la Municipalidad Provincial del Callao, defi niendo las condiciones de gestión y administración del servicio de transporte público, y los lineamientos generales para la prestación del servicio de transporte público, teniendo como objetivos la planifi cación, reordenamiento, y reestructuración del servicio de transporte público, el desarrollo de un servicio de transporte público socialmente rentable y efi ciente para sus operadores y usuarios, la satisfacción de los usuarios del servicio, y la protección y conservación del medio ambiente; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO QUE AUTORIZA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1º. DEL OBJETO El objeto de la presente norma municipal es establecer los lineamientos generales para la prestación del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, que autoriza la Municipalidad Provincial del Callao, siendo sus objetivos el reordenamiento, reestructuración y mejoramiento del servicio de transporte público, el desarrollo de un servicio de transporte público socialmente rentable y eficiente para sus operadores y usuarios, la satisfacción de los usuarios del servicio, y la protección y conservación del medio ambiente, de conformidad con la legislación vigente en materia de transporte terrestre. Artículo 2º. DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES La prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros que autoriza la Municipalidad Provincial del Callao, se sujetará a los lineamientos de política general siguientes: 2.1.Diseño o Plan de reordenamiento, reestructuración y mejoramiento del servicio de transporte público, que apruebe el Concejo Municipal, bajo un esquema de racionalización Descargado desde www.elperuano.com.pe