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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (13/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de noviembre de 2008 383358 MPC, deberán presentar su proyecto de inversión con sujeción a los lineamientos de política general establecidos en la presente norma municipal; asimismo, las empresas de transporte que vencido el plazo del permiso de operación o el otorgado por la autoridad municipal para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, postulen a una ruta siguiendo dicho procedimiento especial, también deberán presentar su proyecto de inversión con sujeción a los lineamientos de política general establecidos en la presente norma municipal. Segunda. Las empresas de transporte que antes de entrar en vigencia la presente norma municipal hayan accedido a la autorización municipal por diez años para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros deberán adecuar e implementar el sistema de recaudación a la operatividad de su servicio. Tercera. Mediante Decreto de Alcaldía se expedirán todas las disposiciones que se requieran para la implementación de la presente ordenanza municipal. Cuarta . Encargar el cumplimiento de la presente norma municipal a la Gerencia General de Transporte Urbano. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 277106-1 Amplían la zona de aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 000046-2008-MPC ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000069 Callao, 30 de octubre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 30 de octubre de 2008; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000267 el mismo que aprobó la ampliación de la Zona de Aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 000046-2008-MPC, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 128-2008-MPC-GGDELC-GLA, emitido por la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización; el Memorando Nº 0849-2008-GGAJC-MPC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación que hace suyo el Informe Nº 263-2008-MPC-GGAJC-SGCA de la Subgerencia de Coordinación y Apoyo, opinando que es procedente la aprobación de la Ordenanza que amplía la zona de aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 000046-2008-MPC, es decir, todos favorables a la aprobación de la presente Ordenanza; Que, habiéndose emitido la Ordenanza Municipal Nº 000046 la cual promueve el Plan Piloto “Chucuito Turístico” en el cuadrante comprendido entre el Jr. Estados Unidos, Av. Gamarra, Jr. Roca y el Malecón Figueredo, con la fi nalidad de incentivar la inversión privada en el rubro turístico; y con el propósito de embellecer la Zona de Chucuito convirtiéndola en una gran zona turística y comercial del Primer Puerto, es necesario ampliar la zona de incentivo hasta el cuadrante comprendido entre el Jr. General Valle, Av. Gamarra, Jr. Faning y Av. Almirante Miguel Grau, completando toda la zona de Chucuito; para ello es conveniente la exoneración de la Tasa de Licencia de Funcionamiento y de Anuncios y Toldos excepcionalmente por única vez (un año calendario), cuyas actividades estén de acuerdo con la zonifi cación ZM (Zona Monumental) CONFORME, debiendo el recurrente cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), siendo que la referida exoneración será para aquellos locales con un área de 1 a 50, de 50 a 100 y de 100 a 500 metros cuadrados, conforme a los porcentajes de la UIT indicados en el TUPA, así como de Anuncio y Toldo que sean menores a los 12.00 metros cuadrados y que se encuentren adosados a la pared del establecimiento y que no sean estructuras especiales, pudiendo considerarse las actividades como restaurantes, fuentes de soda, venta de artesanías y actividades complementarias y vinculadas al Turismo; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA LA ZONA DE APLICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000046-2008-MPC Artículo Primero. Amplíese la zona de aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 000046-2008-MPC a efectos de promover el incentivo de la promoción de la inversión privada e impulso de la actividad turística comercial, a la zona comprendida dentro del cuadrante que forman el Jr. Faning, Av. Gamarra, Jr. General Valle y la Av. Almirante Miguel Grau en el Callao. Artículo Segundo. Encárguese a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero. La vigencia de la presente Ordenanza es de un año contado a partir del día siguiente de su publicación. POR LO TANTO:Mando se publique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 277111-1 Disponen el embanderamiento general de inmuebles ubicados en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, con motivo de llevarse a cabo la XVI Cumbre del APEC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000013 Callao, 11 de noviembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDOQue, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, nuestro país es la sede de la XVI Cumbre del Foro de Cooperación Económica Asía - Pacífi co - APEC 2008, cuyas reuniones más importantes se llevarán a cabo entre el 16 y 23 de noviembre del presente año, donde el Perú como presidente de dicho Foro ha propuesto como tema principal : “Un nuevo compromiso para el Desarrollo del Asía Pacífi co”, con el objetivo de alcanzar el consenso en una estrategia de integración Descargado desde www.elperuano.com.pe