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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de octubre de 2008 381320 de la Gestión Educativa de Niveles educativos de Inicial y Primaria, para mejorar la calidad de los servicios educativos; estando la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco dentro de las circunscripciones materia del Plan Piloto; Que, por Resolución Ministerial Nº 0031-2007-ED se aprueba el “Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007”; encontrándose esta Corporación preparando las bases organizacionales a efectos de afrontar los nuevos retos; Que, se hace necesaria la reestructuración administrativa de la organización municipal, a fi n de dotar de mayor e fi cacia a la gestión en el cumplimiento de sus funciones, objetivos y metas, así como facilitar la toma de decisiones y la labor de control de los órganos de línea, en concordancia con las políticas y lineamientos estratégicos aprobados mediante Acuerdo de Concejo Nº 27-2008-ACSS, que aprueba el Plan Estratégico de la Municipalidad de Santiago de Surco 2008-2012; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que Aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, en su Artículo 5º defi ne al Reglamento de Organización y Funciones - ROF como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientado al esfuerzo institucional y al logro de su visión, misión y objetivos, el cual contiene las funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de los órganos y unidades orgánicas; y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, en el Artículo 34º del citado Decreto Supremo, señala que el ROF para el caso de las Municipalidades, se deberá aprobar mediante Ordenanza Municipal; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29091 ordena la publicación, en el portal del Estado Peruano y en los portales institucionales, de diversos dispositivos legales, entre los que se encuentra el Reglamento de Organización y Funciones -ROF; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM y fe de erratas publicada en el Diario O fi cial el Peruano el 24 de enero del 2008, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29091, mediante el cual se establece que las entidades se encuentran obligadas a publicar, entre otros documentos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) en el portal del Estado Peruano y en su portal institucional; Que, estando al Dictamen Conjunto Nº 036-2008- CGM-CAJ-MSS, de la Comisión de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos y a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, de acuerdo con los lineamientos considerados en el presente; En ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 9º numerales 3), 8) y 32), y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF, Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGODE SURCO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, así como su Estructura Orgánica y Organigrama correspondiente, en los términos del texto, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 291-MSS y sus modifi catorias aprobadas mediante Ordenanzas Nº 293 y Nº 299-MSS, en cuanto a la Estructura Orgánica, Organigrama y el Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Tercero.- OTORGAR un plazo máximo de noventa (90) días para la elaboración del Cuadro de Asignación de Personal (CAP). a cargo de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto.Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la publicación de la Ordenanza que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP). DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- En tanto no se ejecute el proceso de transferencia de la Municipalización de la Gestión Educativa se mantiene vigente la unidad orgánica: Subgerencia de Educación, Cultura Deporte y Turismo; con las funciones contenidas en los Artículos 190° al 192° de la Ordenanza Nº 299-MSS que Modi fi ca la Estructura Orgánica y Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad de Santiago de Surco. DE LAS DISPOSICIONES FINALES Primera.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y el texto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosaIcuidadano.gob.pe, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM y fe de erratas publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de enero del 2008, y en el Portal Institucional. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYROAlcalde 262470-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1724-2008-MDS Surquillo, 02 de octubre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; VISTO: El Informe N° 197-2008-GPP/MDS, de fecha 30 de Setiembre del 2008 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual se presenta el Proyecto de Modifi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece un régimen jurídico aplicable por la Administración Pública para que sirva a la protección del interés general garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; Que, en el cuarto párrafo del artículo 37° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los requisitos y costos de los servicios de carácter no exclusivos que la entidad pública preste serán aprobados por Resolución del Titular del Pliego debiendo ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, es necesario adecuar y actualizar los servicios no exclusivos que presta la Municipalidad Distrital de Surquillo a lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 37° de la Ley N° 27444; Con el Vº B° de las Gerencias de Administración, Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto; en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972;