TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de octubre de 2008 381318 Servicio de Administración Tributaria – SAT, la rati fi cación de la Ordenanza Nº 311-MDMM, a través de la cual se modifi có la Ordenanza Nº 134-MDMM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Municipalidad; Que, mediante Ofi cio Nº 004-090-00004629, el Servicio de Administración Tributaria – SAT, remite el Requerimiento Nº 004-078-00000393 que contiene observaciones técnicas y legales a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 311-MDMM que aprobó nuevos procedimientos, servicios exclusivos y modifi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad; Que, de conformidad con la Ordenanza Nº 607 expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, el citado requerimiento debe ser absuelto por esta Municipalidad a fi n de continuar con el proceso de rati fi cación antes señalado, siendo necesario para ello realizar algunas modifi caciones a la Ordenanza Nº 311-MDMM; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese la Ordenanza Nº 311- MDMM, de la forma que se indica a continuación: 1.- Modifíquese el primer párrafo del artículo tercero de la Ordenanza Nº 311-MDMM, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Tercero.- Aprobar los servicios prestados en exclusividad por la Municipalidad de Magdalena del Mar y los derechos que se encuentran contenidos en el Anexo 2 de la presente Ordenanza y que son signados con los números 1.01, 1.02, 1.03, 1.04, 1.05, 1.06, 2.01, 2.02, 2.03, 2.04, 2.05, 2.06, 3.01, 3.02, 3.03, 4.01, 4.02, 4.03, 4.04, 4.05, 4.06, 5.01, 5.02, 6.01, 6.02, 6.03, 6.04, 6.05 y 6.06, 6.07, 7.01, 7.02, 8.01, 8.02, 8.03, 9.01 y 9.02; disponiéndose su incorporación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente de la Municipalidad de Magdalena del Mar aprobado por la Ordenanza Nº 134-MDMM y sus modi fi catorias, con la numeración señalada.” 2.- Modifíquese la denominación del servicio exclusivo signado con el numeral 1.05, quedando redactada como sigue: “Constancia Negativa de Celebración de Matrimonio Civil”. 3.- Precísese y agréguese en el servicio exclusivo signado con el 1.06 “Matrimonio Civil”, los siguientes horarios de celebración del matrimonio civil: - B.1 En local municipal, en horas laborables (Salón de Actos) desde las 8:00 hasta las 16:00 horas - B.2 En local municipal en horas no laborables desde las 16:01 hasta las 19:00 horas - B.3 En el Local Municipal en días no laborables 9:00 hasta las 19:00 horas - B.4. Fuera de local municipal dentro del Distrito en días laborables 9:00 a 21:00 horas - B.5 Fuera de local municipal dentro del Distrito en días no laborables de 9:00 a 21:00 horas - B.6 Fuera de local municipal fuera del Distrito en días laborables 9:00 a 21:00 horas - B.7 Fuera de local municipal fuera del Distrito en días no laborables 9:00 a 21:00 horas 4.- Precísese y agréguese en el servicio exclusivo signado con el numeral 4.04 “Resellado de planos” el siguiente texto: “El primer juego de planos es gratuito.” 5.- Modifíquense las tasas del procedimiento signado con el numeral 8.14 “Cambio de conductor”, así como de los servicios exclusivos signados con los numerales 1.06 “Matrimonio Civil”, en lo que respecta únicamente a los ítems B4, B5, B6 y B7; 4.02 “Otorgamiento de copia de planos que obran en archivo”, en lo que respecta únicamente al ítem c) y 4.05 “Duplicado de licencia”; quedando establecidas de acuerdo al cuadro que se anexa a la presente Ordenanza, en el cual se señalan los costos de las prestaciones y los derechos de pago tanto en soles como en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria. 6.- Deróguese el procedimiento administrativo signado con el numeral 5.02 “Declaración jurada de permanencia en el giro”. 7.- Deróguese los siguientes servicios exclusivos: - 2.06 “Expedición del TUPA de la Municipalidad”. - 7.02 “Derecho de guardianía de vehículos, carrocerías, chasis o chatarra abandonada en la vía pública por día” - 8.03 “Concesión de venta de libros e instalaciones municipales” - 9.01 “Certifi cado médico pre-nupcial. 8.- Establecer la cali fi cación de los servicios exclusivos indicados en el Anexo 2 de la Ordenanza Nº 311-MDMM, conforme se señala en el Anexo 2 de la presente Ordenanza. 9.- Modifíquese el artículo sexto de la Ordenanza Nº 311-MDMM, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Sexto.- Establézcase que los formularios, considerados como requisitos de los procedimientos y servicios exclusivos contenidos en el TUPA de la Municipalidad, son de distribución gratuita o de libre reproducción, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.” 10.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 311-MDMM, el siguiente artículo: “Artículo Sétimo.- Déjese sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza.” Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 312-MDMM y las demás normas que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 262476-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican la Ordenanza Nº 261- MPL, mediante la cual se adecuaron procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento en el distrito a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento ORDENANZA Nº 300-MPL Pueblo Libre, 24 de septiembre de 2008 POR CUANTO:El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 19 de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 261-MPL, se adecuaron los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento en el distrito de Pueblo Libre a la Ley