Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (14/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de setiembre de 2008 379705 Visto, el Expediente Nº 07-082070-001, que contiene el Ofi cio Nº 3389-2008-DG/DIGESA; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 6709-2007/DG/DIGESA, la Dirección General de Salud Ambiental, remite el “Proyecto del Reglamento sobre Vigilancia y Control de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA”, para su prepublicación en el Portal de Internet del Ministerio de Salud; Que, el numeral 3 del artículo 13º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley; Que, en atención a su trascendencia y alcance, resulta conveniente poner a disposición de la opinión pública interesada el proyecto sustitutorio del Reglamento precitado, a efecto que pueda ser revisada y analizada íntegramente y así recibir las sugerencias o recomendaciones que pudieran contribuir a su perfeccionamiento, antes de su aprobación; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la publicación del “Proyecto del Reglamento sobre Vigilancia y Control de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA”, con el fi n de recibir observaciones, aportes y sugerencias sobre su contenido de la ciudadanía en general. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones publicar en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp el mencionado proyecto por un periodo de diez (10) días calendario, así como recibir las opiniones, observaciones y sugerencias que se formulen. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Salud 251301-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Prorrogan plazo otorgado a Comisión Multisectorial para recomendar el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2008-MTC Lima, 13 de setiembre de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 010- 2007-MTC se constituyó la Comisión Multisectorial encargada de recomendar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú; Que, con fecha 5 de setiembre de 2008, la Embajada de la República Popular China en el Perú, traslada la comunicación de la Alianza de TV Digital de Zhongguancun quien propone la realización de pruebas de campo del estándar DTMB, por lo que solicita la prórroga del plazo otorgado a la Comisión Multisectorial para la realización de sus pruebas; Que, en la misma fecha, se recibieron comunicaciones del Ministerio de Comunicaciones de Brasil y de la Embajada de Brasil en Perú, manifestando el interés del gobierno brasileño en que se proceda a incluir al estándar ISDB-T con innovaciones brasileñas en las evaluaciones de la Comisión Multisectorial, solicitando para ello extender el plazo previsto para la recomendación del estándar de televisión digital terrestre a fi n de realizar las pruebas de campo de dicho sistema; Que, teniendo en cuenta las implicancias y futuros benefi cios de la televisión digital terrestre como vehículo de integración e inclusión social al reducir la brecha digital existente y fomentar el desarrollo de la sociedad de la información y el acceso universal, constituyéndose así en un elemento importante en el desarrollo de las telecomunicaciones en el país, resulta conveniente realizar pruebas de campo de los estándares DTMB y el ISDB-T con innovaciones brasileñas, bajo las mismas condiciones en que éstas se realizaron para los otros estándares, así como proceder a la evaluación económica y de cooperación técnico-económica de cada uno de ellos; Que, mediante Acta de Sesión Nº 37, la Comisión Multisectorial encargada de recomendar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú acordó solicitar una ampliación del plazo en noventa (90) días para la recomendación del estándar de televisión digital terrestre; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, la Resolución Suprema Nº 010-2007-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por noventa (90) días calendario el plazo otorgado a la Comisión Multisectorial encargada de recomendar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú para presentar su informe al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 251606-2 Otorgan autorización a asociación para efectuar el servicio de radiodifusión sonora educativa en onda media en la localidad de Chiclayo - Ferreñafe - Lambayeque RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 549-2008-MTC/03 Lima, 10 de setiembre de 2008VISTO, el Expediente Nº 2008-003837, presentado por la asociación MINISTERIO MUNDIAL ASOCIADOS – DR. ALBERTO SANTANA, sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Chiclayo – Ferreñafe - Lambayeque, departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la Descargado desde www.elperuano.com.pe