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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de setiembre de 2008 380530 ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1041-2008/DE/SG A. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) O fi cial de la Fuerza Aérea de Colombia para participar en el programa de intercambio de pilotos instructores del equipo A37-B, a realizarse en la ciudad de Piura. B. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CAPITAN DIEGO ENRIQUE GUARIN GUARIN3.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 01 al 31 de octubre de 2008 258373-2 ECONOMIA Y FINANZAS Incorporación de los recursos del FONIPREL en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la Primera Convocatoria en el Año Fiscal 2008 DECRETO SUPREMO Nº 116-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, y modi fi catorias, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, destinado al cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión de los gobiernos regionales y gobiernos locales; con la fi nalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica; Que, mediante Ley Nº 29125 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, se estableció la implementación y el funcionamiento del FONIPREL, disponiéndose que la Secretaría Técnica presenta la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, quien procede a su aprobación; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 22 de julio del 2008, aprobó la lista de los estudios de preinversión y proyectos de inversión seleccionados por la Secretaría Técnica para el respectivo cofi nanciamiento, por una suma total de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS Y 76/100 NUEVOS SOLES (S/. 376 779 923,76); Que, el numeral 1.3 del artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 030-2008, dispone que los recursos del FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios o proyectos resulten ganadores del concurso; Que, se ha determinado que para el año fi scal 2008 es necesario incorporar un monto total de CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 143 876 628,00) en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y Locales cuyos estudios o proyectos resultaron ganadores del concurso FONIPREL – Primera Convocatoria, conforme a lo informado en los cronogramas de ejecución remitidos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF y el Decreto de Urgencia Nº 030-2008; DECRETA: Artículo 1º.- Incorporación de recursos Incorpórese en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 el importe de CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 143 876 628,00), en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuyos estudios o proyectos resultaron ganadores del concurso FONIPREL – Primera Convocatoria, de acuerdo al Anexo Nº 01 que forma parte del presente Decreto Supremo, cuyo detalle es el siguiente: INGRESOS (En nuevos soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Determinados 143 876 628,00(Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la InversiónPública Regional y Local – FONIPREL) EGRESOS (En nuevos soles)SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas FUENTE DEFINANCIAMIENTO : Recursos Determinados PLIEGOS : Gobiernos Regionales 19 235 464,00 Gobiernos Locales 124 641 164,00 ============ TOTAL EGRESOS 143 876 628,00 ============ Los pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se encuentran señalados en el Anexo Nº 01 a que hace referencia el primer párrafo del presente artículo. Artículo 2º.- Procedimientos para la aprobación 2.1 Autorízase a los Titulares de los Pliegos a aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se re fi ere el artículo 1º, a nivel de proyectos, copia de la misma se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada la presente norma legal, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruyen a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dichos recursos serán registrados en la Fuente de Financiamiento “Recursos Determinados”, dentro del rubro que contiene las participaciones. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos, solicita a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas