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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de setiembre de 2008 380526 documentación materia de la transferencia tales como: lineamientos de políticas, normas, información sobre personal por condición laboral pagado por las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social, patrimonio inmobiliario de propiedad de las Sociedades de Bene fi cencia Pública, actividades generadoras de ingreso y de apoyo social; así como cualquier otra información vinculada a la transferencia de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social. 2.6. Acta de Entrega y Recepción: Documento mediante el cual el MIMDES formaliza la transferencia de las competencias que le corresponde respecto de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social a los Gobiernos Locales Provinciales, adjuntando el Informe Sustentatorio de la transferencia. 2.7. Decreto Supremo: Dispositivo que dará por concluido el proceso de transferencia de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social. III. MECANISMOS DE VERIFICACIÓN Y PROCEDIMIENTO QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES PARA LA TRANSFERENCIA DE LAS SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y JUNTAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL 3.1 Mecanismos de Veri fi cación Los requisitos que deberán cumplir los Gobiernos Locales Provinciales para acceder a la transferencia de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social, son: Mecanismos de veri fi cación Documentación que deben presentar los Gobiernos Locales para evidenciar el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación 1º Solicitud Solicitud que contenga la voluntad del Gobierno Local Provincial de recibir las competencias del MIMDES respecto de la Sociedad de Bene fi cencia Pública o Junta de Participación Social.Documento suscrito por el Alcalde Provincial en el que conste la voluntad del Gobierno Local Provincial de recibir las competencias del MIMDES respecto de la Sociedad de Bene fi cencia Pública o Junta de Participación Social. 2ºExistencia dentro de la estructura orgánica del Gobierno Local Provincial de una unidad responsable de ejercer las funciones y competencias Reglamento de Organización y Funciones (ROF) que considere una Unidad Orgánica (área, jefatura, dirección u otra), responsable de ejercer las competencias a ser transferidas.Copia simple de la norma que aprueba el ROF o su modi fi catoria que incorpore o adecue una Unidad Orgánica (área, jefatura, dirección u otra), responsable de ejercer las competencias a ser transferidas. (Se deberá acompañar el texto del ROF y el organigrama estructural) 3.2 Procedimientos y Plazos La transferencia de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social, se efectuará a los Gobiernos Locales Provinciales en cuyo ámbito vengan funcionando. La transferencia se efectuará de acuerdo a los siguientes procedimientos y plazos: 3.2.1 Presentación de expedientes para la verifi cación. Los Gobiernos Locales Provinciales presentarán a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) los documentos que respaldan el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación, a partir del 01 de octubre de 2008. 3.2.2 Publicación de relación de Gobiernos Locales Provinciales Veri fi cados. La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros emitirá y publicará en el Diario O fi cial “El Peruano”, la correspondiente norma que contenga la lista de los Gobiernos Locales Provinciales que han cumplido con los Mecanismos de Veri fi cación, a partir del 15 de octubre de 2008. 3.2.3 Suscripción de Actas de Entrega y Recepción. La suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, se realizará a partir de la publicación de la norma referida en el numeral 3.2.2. 3.2.4 La transferencia efectiva y fi rma de Convenios de Gestión con los Gobiernos Locales Provinciales que hayan cumplido los Mecanismos de Veri fi cación y suscrito las Actas de Entrega y Recepción, se realizará a partir de la emisión del Decreto Supremo que sustente la transferencia. IV. RELACIÓN DE SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y JUNTAS DE PARTICIPACION SOCIAL QUE SERÁN TRANSFERIDAS A LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES En el anexo de la presente resolución, se detalla la relación de las Sociedades de Bene fi cencia Pública con las que se iniciará el proceso de transferencia. El MIMDES evaluará la situación de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social no consideradas en el Anexo, producto de lo cual se podrá incorporar otros grupos de Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social al proceso de transferencia de acuerdo al Informe Técnico que emita el INABIF. ANEXO RELACIÓN DE GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES RECEPTORES DE LAS SOCIEDADES DE BENEFICENCIAS PÚBLICAS A TRANSFERIRSE Nº DEPARTAMENTOSOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLICAMUNICIPALIDAD PROVINCIAL 01 AMAZONAS BONGARA BONGARA 02 AMAZONAS CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS 03 AMAZONAS RODRÍGUEZ DE MENDOZA RODRÍGUEZ DE MENDOZA 04 ANCASH AIJA AIJA 05 ANCASH CARAZ HUAYLAS 06 ANCASH CASMA CASMA 07 ANCASH CHIQUIAN BOLOGNESI 08 ANCASH CORONGO CORONGO 09 ANCASH HUARI HUARI 10 ANCASH PALLASCA PALLASCA 11 ANCASH POMABAMBA POMABAMBA 12 ANCASH RECUAY RECUAY 13 ANCASH YUNGAY YUNGAY 14 APURIMAC ANDAHUAYLAS ANDAHUAYLAS 15 APURIMAC AYMARAES AYMARAES 16 AREQUIPA APLAO CASTILLA 17 AREQUIPA CAMANA CAMANA 18 AREQUIPA CARAVELI CARAVELI 19 AREQUIPA CHUQUIBAMBA CONDESUYOS 20 AREQUIPA HUANCARQUI CASTILLA 21 AREQUIPA MOLLENDO ISLAY 22 AYACUCHO CORACORA PARINACOCHAS 23 AYACUCHO PUQUIO LUCANAS 24 CAJAMARCA BAMBAMARCA HUALGAYOC 25 CAJAMARCA CAJABAMBA CAJABAMBA 26 CAJAMARCA CELENDIN CELENDIN 27 CAJAMARCA CHOTA CHOTA 28 CAJAMARCA CONTUMAZA CONTUMAZA 29 CAJAMARCA CUTERVO CUTERVO 30 CAJAMARCASAN MIGUEL DE CAJAMARCASAN MIGUEL 31 CUSCO SICUANI CANCHIS 32 HUANCAVELICA TAYACAJA TAYACAJA 33 HUANCAVELICA HUANCAVELICA HUANCAVELICA 34 HUANUCO DOS DE MAYO DOS DE MAYO 35 HUANUCO HUAMALIES LLATA HUAMALIES 36 ICA PALPA PALPA 37 JUNIN LA OROYA YAULI