Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2009 (01/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

393618
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de MORDAZA de 2009

Que, los articulos 195º y 199º de la Constitucion Politica del Estado establecen que los Gobiernos Regionales y Locales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuentas de su ejecucion, anualmente. Que, la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralizacion en su capitulo IV de Participacion Ciudadana, articulo 17º numeral 17.1º y 17. 2º establece que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica. Que, en el Capitulo V, referido a Planes de Desarrollo y Presupuestos, articulos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, se formulan y ejecutan en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado. El MEF dicta en forma anual las directivas que regulan la programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y control de los presupuestos. Que, en la Ley Nº 26300 -Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadano, en el Art. 2º, Derechos de Participacion de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participacion ciudadana en el ambito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Art. 3º de Derechos de Control Ciudadanos. Que, el Ministerio de Economia y Finanzas en el contexto de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056, su reglamento del D.S Nº 171-2003-EF, y sus correspondientes instructivos, con orientaciones referenciales para que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen articuladamente el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2010. Que, la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades en su Titulo Preliminar, articulo 9º, senala que el MORDAZA de planificacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos. Es sus articulos 9.1º, 53º, 97º y la XVI Disposicion Complementaria, senalan que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. Las municipalidades regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos. El Concejo de Coordinacion Local (CCL) procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo

Municipal Concertado y su Presupuesto Participativo, instrumentos de gestion que tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales, siendo atribucion del concejo municipal aprobar el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. Que, es necesario establecer el MORDAZA y los mecanismos para el MORDAZA de Presupuesto Participativo en el distrito como instrumento democratico para la gestion del desarrollo local. El Concejo Distrital de San MORDAZA de El Faique, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 -Ley Organica de la Municipalidades y la Constitucion Politica del Peru, aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE EL FAIQUE PARA EL ANO FISCAL 2010 Articulo 01º.- Aprobar el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2010, de acuerdo a las fases y fechas maximas de realizacion de cada una de ellas, que permitiran concluir con el Anteproyecto, Proyecto y Presupuesto definitivo. Articulo 02º.- Encargar al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de El Faique, el cumplimiento de la presente Ordenanza, disponiendo a quienes correspondan, bajo responsabilidad. Articulo 03º.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 0022008-MDSMF, de fecha 14 de MORDAZA del 2008, asi como cualquier otra MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente. Articulo 04º.- En los aspectos no previstos en la presente Ordenanza se aplicara supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28056 y su Modificatoria Ley Nº 29298. Decreto Supremo Nº 1712003-EF, normas senaladas en la base legal del articulo 2º del reglamento y demas Normas que emita el Ministerio de Economia y Finanzas en cuanto corresponda. Articulo 05º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, se comunique, se publique y se cumpla. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 330206-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.