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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de abril de 2009 393614 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Ratifican montos de remuneraciones del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional y de dietas de Consejeros Regionales ACUERDO REGIONAL Nº 033-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, tal y conforme se encuentra regulado en los artículos 19 y 20 de la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, corresponde al Consejo Regional fi jar la remuneración y dietas del Presidente Regional, Vicepresidente y Consejeros Regionales, respectivamente; Que, luego de solicitado el informe técnico sustentatorio respectivo, la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, ha precisado tanto el monto como la disponibilidad presupuestal para la atención de los conceptos referidos a través del Informe Nº 190-2009-GRA/ORPPOT-OPT de fecha 06 de marzo de 2009, y, el Ofi cio Nº 284-2009-GRA/ORPPOT de fecha 06 de marzo de 2009; Que, finalmente, en la medida que se está cumpliendo de manera estricta con la prohibición prevista en el artículo 5 de la Ley 29289 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, entonces, corresponde que en Sesión del Pleno, el Consejo Regional ratifique en sus mismos montos, tanto las remuneraciones del señor Presidente Regional y Vicepresidente, como las dietas de los señores Consejeros Regionales; Que, por las consideraciones señaladas, al amparo de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- RATIFICAR en los mismos montos aprobados en los ejercicios presupuestales 2007 y 2008, tanto las remuneraciones del señor Presidente Regional y Vicepresidente, como las dietas de los señores Consejeros Regionales. Segundo.- DISPONER que la Ofi cina Regional de Administración en forma inmediata cumpla con sufragar los gastos que demande la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Regional de Avisos Judiciales “La República” y en el Diario Ofi cial El Peruano. Disponiéndose en este acto su registro y notifi cación. Arequipa, 2009 marzo 25. JEISTER D. CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 330287-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Formulario que se utilizará para solicitar acceso a la información pública de la Municipalidad RESOLUCIÓN Nº 200-2009-RASS Santiago de Surco, 26 de marzo de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 021-2009-SG-MSS de fecha 3 de marzo de 2009 emitido por la Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, promueven la transparencia de los actos del Estado y regulan el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 10 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, sobre presentación y formalidades de la solicitud, establece que la solicitud de acceso a la información pública puede ser presentada a través del Portal de Transparencia de la Entidad o de forma personal ante su unidad de recepción documentaria y será presentada mediante el formato contenido en el Anexo del mismo Reglamento; Que, la Resolución Nº 1050-2003-RASS, de fecha 20NOV2003, aprobó el Formulario para solicitar acceso a la información pública de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, mediante Decreto Nº 01-2009-MSS de fecha 6FEB2009, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 13 de febrero de 2009, se modifi ca el Decreto de Alcaldía Nº 04-2008-MSS de fecha 19FEB2008, que modifi có el TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 70-MSS respecto al procedimiento previsto en el numeral 8.04 denominado: “ACCESO A LA INFORMACIÓN QUE POSEAN O PRODUZCAN LAS DIVERSAS DIRECCIONES, OFICINAS, PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES”; Que, el artículo 3 del Decreto Nº 01-2009-MSS precisa que el Procedimiento de Copias Certifi cadas previsto en el numeral 8.03 del TUPA vigente, aprobado mediante Ordenanza Nº 070- MSS, se tramita bajo la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y no por la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, la Secretaría General con Informe Nº 021-2009- SG-MSS, expone la necesidad de actualizar el formulario de Acceso a la Información, considerando las modifi caciones en el procedimiento 8.04 del TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco producidas por el Decreto Nº 01- 2009-MSS, así como actualizar otros datos tales como los teléfonos, dirección electrónica e incluir información sobre el procedimiento para instruir a los administrados; En uso de las facultades establecidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Formulario que como Anexo Nº 01 forma parte integrante de la presente Resolución, el mismo que se utilizará para solicitar acceso a la información pública de la Municipalidad de Santiago de Surco.