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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de abril de 2009 395113 debe adoptar por la exoneración del proceso de selección por la causal de desabastecimiento inminente que afecta o impida a la entidad cumplir con sus actividades ya que los bienes a adquirirse para la obra antes citada se encuentran dentro de la Ruta Crítica de Ejecución del Proyecto. Que, de conformidad con el inciso C del artículo 19 del D.S. Nº 083-2004-PCM –Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre otros supuestos, en situación de desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la referida legislación. Que, según lo dispuesto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera situación de desabastecimiento inminente a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios , actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, por lo que de conformidad con el artículo 20 del citado Texto Único Ordenado, la exoneración se debe proceder a aprobar mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, dentro de este contexto, del Informe Técnico Nº 02-2009-GR-TC/DR-SM-DIR.CAMINOS, de la Dirección de Caminos y el Informe Nº 005-2009-GR-TR/DR-SM- OA-UASA, de la Unidad de Abastecimientos de la DRTC- SM se advierte la necesidad de declarar en situación de desabastecimiento inminente la Adquisición de Cables de Acero para la Obra “Construcción del Puente Colgante Vehicular del Distrito de Tingo de Saposoa”, por cuanto de proceder a la adquisición de dicho bien por la vía de un proceso de selección perjudicaría a la entidad y a los pobladores que se pretende atender con la construcción de la obra pública antes citada; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 086- 2008-GRSM/PGR, el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de San Martín y contando con la visación de la Dirección de Asesoría Jurídica, Dirección de Caminos y de la Dirección de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Cables de Acero de la Obra “Construcción del Puente Colgante Vehicular del Distrito de Tingo de Saposoa”, por los motivos expuestos en la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la Exoneración del Proceso de Selección correspondiente para la contratación de bienes de la obra referida precedentemente. Artículo Tercero.- PUBLIQUESE el presente acto administrativo. Regístrese y comuníquese. WILER JAVIER HIDALGO LECCA Director Regional de Transportes y Comunicaciones 341287-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 121-2009-MDSB San Bartolo, 24 de abril del 2009 VISTO: El informe emitido por los miembros de la Comisión de Concurso Público de Méritos Nº 001-2009/CEPS/MDSB de fecha 24 de abril del 2009, para la designación de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, conforme a lo establecido por el Artículo Nº 7 de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979 y sus modifi catorias, la designación del Ejecutor Coactivo y del Auxiliar Coactivo se realiza mediante concurso público de méritos; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 114-2009- MDSB de fecha 14 de abril del 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 16 de abril de 2009, se designó la Comisión encargada de llevar a cabo el Proceso de Selección del Concurso Público de Méritos Nº 001-2009- MDSB para la designación de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo y se aprobaron las bases del concurso: Que, tanto la convocatoria como las bases del concurso han sido debidamente publicadas conforme lo establecido por Ley; Que, conforme lo informado por la Comisión se ha llevado a cabo el examen escrito, entrevista personal y evaluación curricular que han dado como ganador del concurso para el Cargo de Ejecutor Coactivo al Abogado Christopher Timothy Graham Graham y al Licenciado Edy Walter Gestro Fernández para el cargo de Auxiliar Coactivo; Que, es necesario emitir la resolución de designación de los cargos de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo, a fi n de que las personas que resultaron ganadores del concurso puedan acceder a los cargos que les corresponden; Que, habiéndose cumplido con los requisitos de ley para la selección del Ejecutor Coactivo, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y en uso de las atribuciones que confi ere el artículo 20º numeral 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 02 de Mayo del 2009, al Abogado CHRISTOPHER TIMOTHY GRAHAM GRAHAM, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, quien ejercerá sus funciones con las facultades otorgadas por la Ley de la materia. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 02 de Mayo al Licenciado EDY WALTER GESTRO FERNANDEZ, en el Cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, quien ejercerá sus funciones con las facultades otorgadas por la Ley de la materia. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Ofi cina de Asesoría Legal, Gerencia de Administración y Finanzas Ofi cina de Presupuesto, Planeamiento y Contabilidad y a la Ofi cina de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 341419-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumo para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-2009/MVMT Villa María del Triunfo, 17 de abril de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO;