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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (06/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de agosto de 2009 400360 temporalmente los requisitos de matrícula para embarcaciones existentes menores de 7.00 de Arqueo Bruto, por un período de NOVENTA (90) días que venían operando sin contar con su registro ante la Autoridad Marítima Nacional; Que, debido a que aún existe un número considerable de embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo Bruto (AB), que continúan operando sin contar con su registro ante la Autoridad Marítima Nacional, es necesario extender la simplifi cación de los requisitos de los Procedimientos C-02, C-06, C-14 y C-18, descritos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, TUPAM-15001, permitiendo a los titulares de estas embarcaciones que se registren y obtengan su matrícula correspondiente; Que, el período para la simplifi cación de los requisitos de matrícula para las embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo Bruto, será por un período máximo de CIENTO VEINTE (120) días calendario; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008 DE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Simplifi car por un período de CIENTO VEINTE (120) días calendario, los requisitos de matrícula que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, solamente para aquellas embarcaciones existentes de hasta 7.00 de Arqueo Bruto (AB), en el ámbito Marítimo, Fluvial y Lacustre. Artículo 2º.- Aprobar los requisitos que forman parte de la presente Resolución para la matrícula de embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo Bruto (AB). Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- El referido Anexo se publicará en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa www.mindef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 380075-1 Aceptan donación dineraria a favor del Instituto Geográfico Nacional para financiar la elaboración del “Atlas Geográfico Escolar del Perú” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 125-2009-IGN/J Surquillo, 6 de julio del 2009 Visto; La Carta remitida por la Asociación Familia Zuñiga y Rivero; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley Nº 27292 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005- DE/SG, el Instituto Geográfi co Nacional – IGN es un Organismo Público Descentralizado del Sector Defensa, con personería jurídica de derecho público interno, goza de autonomía técnica, administrativa y económica. Tiene por fi nalidad fundamental elaborar y actualizar la Cartografía Básica Ofi cial de Perú, proporcionando a las entidades públicas y privadas la cartografía que requieran para los fi nes del desarrollo y la Defensa Nacional; Que, de conformidad a las normas citadas, el IGN en su calidad de ente rector en materia cartográfi ca, tiene entre sus metas institucionales para el presente ejercicio fi scal, la elaboración del “Atlas Geográfi co Escolar de Perú”, cuya fi nalidad es incrementar los conocimientos de los educandos, en materia geográfi co-cartográfi cas del Perú; Que, con el documento del visto, el Gerente de la “Asociación Familia Zuñiga y Rivero” ofrece al Instituto Geográfi co Nacional, otorgar en calidad de Donación, la suma de VEINTE MIL CON 00/100 (US$ 20,000.00) DÓLARES AMERICANOS, con el propósito de fi nanciar parcialmente los costos que demande, la elaboración del “Atlas Geográfi co Escolar de Perú”; Que, el Artículo 69° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo en el caso de los Gobiernos Regionales y del Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, y que dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Ofi cio Nº 551-MD-DGAJ del 06 de marzo de 2009, la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa opina que el Jefe del Instituto Geográfi co Nacional tiene facultad de expedir resoluciones administrativas para aceptar donaciones, en su calidad de Titular de la Entidad; Que, de conformidad a la Ley Nº 27292, Ley Nº 28411, Decreto Supremo Nº 005-DE/SG y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 378-2006-DE/SG del 12 de setiembre del 2006; SE RESUELVE Artículo Primero.- Aceptar la Donación dineraria de la “Asociación Familia Zuñiga y Rivero” a favor del Instituto Geográfi co Nacional, por la suma de VEINTE MIL CON 00/100 (US$ 20,000.00) DÓLARES AMERICANOS, que será empozada al cambio del día (Dólares Americanos a Nuevos Soles) en el Banco de la Nación, a la Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 00-000-877840 - Donaciones del Instituto Geográfi co Nacional, que servirá para fi nanciar parcialmente, los costos que demande la elaboración del “Atlas Geográfi co Escolar de Perú”. Artículo Segundo.- Agradecer a la “Asociación Familia Zuñiga y Rivero” por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Geográfi co Nacional. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente resolutivo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALFONSO TAFUR GANOZA Jefe del Instituto Geográfi co Nacional 379367-1 Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar información del Instituto Geográfico Nacional que se difunda a través de su portal de Internet RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 129-2009-IGN/OGA-UPER Surquillo, 9 de julio del 2009 Visto; La Resolución Jefatural Nº 002 – 2009 – IGN/ OGA – UPER del 05 de Enero del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley Nº 27292, el Instituto Geográfi co Nacional, es un organismo público descentralizado del Sector Defensa, con personería jurídica de derecho público interno. Goza de autonomía técnica, administrativa y económica, constituye un pliego presupuestal del Sector Defensa;