Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2009 (06/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de agosto de 2009

temporalmente los requisitos de matricula para embarcaciones existentes menores de 7.00 de Arqueo MORDAZA, por un periodo de NOVENTA (90) dias que venian operando sin contar con su registro ante la Autoridad Maritima Nacional; Que, debido a que aun existe un numero considerable de embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo MORDAZA (AB), que continuan operando sin contar con su registro ante la Autoridad Maritima Nacional, es necesario extender la simplificacion de los requisitos de los Procedimientos C-02, C-06, C-14 y C-18, descritos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, TUPAM-15001, permitiendo a los titulares de estas embarcaciones que se registren y obtengan su matricula correspondiente; Que, el periodo para la simplificacion de los requisitos de matricula para las embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo MORDAZA, sera por un periodo MORDAZA de CIENTO VEINTE (120) dias calendario; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008 DE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Simplificar por un periodo de CIENTO VEINTE (120) dias calendario, los requisitos de matricula que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, solamente para aquellas embarcaciones existentes de hasta 7.00 de Arqueo MORDAZA (AB), en el ambito Maritimo, Fluvial y Lacustre. Articulo 2º.- Aprobar los requisitos que forman parte de la presente Resolucion para la matricula de embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo MORDAZA (AB). Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- El referido Anexo se publicara en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa www.mindef.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 380075-1

Que, con el documento del visto, el Gerente de la "Asociacion Familia MORDAZA y Rivero" ofrece al Instituto Geografico Nacional, otorgar en calidad de Donacion, la suma de VEINTE MIL CON 00/100 (US$ 20,000.00) DOLARES AMERICANOS, con el proposito de financiar parcialmente los costos que demande, la elaboracion del "Atlas Geografico Escolar de Peru"; Que, el Articulo 69° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo en el caso de los Gobiernos Regionales y del Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos, y que dicha Resolucion o Acuerdo, segun corresponda, seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Oficio Nº 551-MD-DGAJ del 06 de marzo de 2009, la Direccion General de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa opina que el Jefe del Instituto Geografico Nacional tiene facultad de expedir resoluciones administrativas para aceptar donaciones, en su calidad de Titular de la Entidad; Que, de conformidad a la Ley Nº 27292, Ley Nº 28411, Decreto Supremo Nº 005-DE/SG y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Suprema Nº 378-2006-DE/SG del 12 de setiembre del 2006; SE RESUELVE Articulo Primero.- Aceptar la Donacion dineraria de la "Asociacion Familia MORDAZA y Rivero" a favor del Instituto Geografico Nacional, por la suma de VEINTE MIL CON 00/100 (US$ 20,000.00) DOLARES AMERICANOS, que sera empozada al cambio del dia (Dolares Americanos a Nuevos Soles) en el Banco de la Nacion, a la Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 00-000-877840 Donaciones del Instituto Geografico Nacional, que servira para financiar parcialmente, los costos que demande la elaboracion del "Atlas Geografico Escolar de Peru". Articulo Segundo.- Agradecer a la "Asociacion Familia MORDAZA y Rivero" por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Geografico Nacional. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente resolutivo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GANOZA Jefe del Instituto Geografico Nacional 379367-1

Aceptan donacion dineraria a favor del Instituto Geografico Nacional para financiar la elaboracion del "Atlas Geografico Escolar del Peru"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 125-2009-IGN/J Surquillo, 6 de MORDAZA del 2009 Visto; La Carta remitida por la Asociacion Familia MORDAZA y Rivero; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley Nº 27292 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005DE/SG, el Instituto Geografico Nacional ­ IGN es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Defensa, con personeria juridica de derecho publico interno, goza de autonomia tecnica, administrativa y economica. Tiene por finalidad fundamental elaborar y actualizar la Cartografia Basica Oficial de Peru, proporcionando a las entidades publicas y privadas la cartografia que requieran para los fines del desarrollo y la Defensa Nacional; Que, de conformidad a las normas citadas, el IGN en su calidad de ente rector en materia cartografica, tiene entre sus metas institucionales para el presente ejercicio fiscal, la elaboracion del "Atlas Geografico Escolar de Peru", cuya finalidad es incrementar los conocimientos de los educandos, en materia geografico-cartograficas del Peru;

Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar informacion del Instituto Geografico Nacional que se difunda a traves de su MORDAZA de Internet
RESOLUCION JEFATURAL Nº 129-2009-IGN/OGA-UPER Surquillo, 9 de MORDAZA del 2009 Visto; La Resolucion Jefatural Nº 002 ­ 2009 ­ IGN/ OGA ­ UPER del 05 de Enero del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley Nº 27292, el Instituto Geografico Nacional, es un organismo publico descentralizado del Sector Defensa, con personeria juridica de derecho publico interno. Goza de autonomia tecnica, administrativa y economica, constituye un pliego presupuestal del Sector Defensa;

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