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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (06/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de agosto de 2009 400362 UNIDAD EJECUTORA 010 : PROVÍAS DESCENTRALIZADO FUNCIÓN 15 : Transporte PROGRAMA FUNCIONAL 033 : Transporte Terrestre SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0066 : Vías Vecinales PROYECTO 090485 : Rehabilitación del Camino Vecinal Puerto Bolognesi - Qda. Sabaluya FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 522 754,00 PROYECTO 061733 : Rehabilitación del Camino Vecinal Codo – San Cristóbal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 3 947 039,00 TOTAL EGRESOS 4 469 793,00 ========= A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 250203 : Municipalidad Distrital de Tahuanía FUNCIÓN 15 : Transporte PROGRAMA FUNCIONAL 033 : Transporte Terrestre SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0066 : Vías Vecinales PROYECTO 090485 : Rehabilitación del Camino Vecinal Puerto Bolognesi - Qda. Sabaluya FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 522 754,00 --------------- SUBTOTAL 522 754,00 PLIEGO 100902 : Municipalidad Distrital de Codo del Pozuzo FUNCIÓN 15 : Transporte PROGRAMA FUNCIONAL 033 : Transporte Terrestre SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0066 : Vías Vecinales PROYECTO 061733 : Rehabilitación del Camino Vecinal Codo – San Cristóbal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto de Capital 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 3 947 039,00 SUBTOTAL 3 947 039,00 TOTAL EGRESOS 4 469 793,00 ================= Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos habilitados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la Transferencia de Partidas instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Monitoreo El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de su Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado es responsable de la verifi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios suscritos con la Municipalidad Distrital de Tahuanía, departamento de Ucayali, y la Municipalidad Distrital de Codo del Pozuzo, departamento de Huánuco, y el cronograma de ejecución de los indicados proyectos de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 380336-1 Autorizan Transferencia Financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de habilitación urbana y de saneamiento en las provincias de Pisco y Chincha afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007 DECRETO SUPREMO Nº 169-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 005-2009 se dictan disposiciones extraordinarias para viabilizar y facilitar la ejecución inmediata de proyectos prioritarios que forman parte del Plan de Reconstrucción del Sur, elaborado por el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 - FORSUR, disponiéndose declarar de necesidad nacional y de ejecución prioritaria e inmediata los proyectos detallados en el Anexo de la citada norma, así como, autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de Ciento Cuarenta y Seis Millones Doscientos Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 146 260 000,00), con cargo a los recursos del FORSUR, a favor del pliego Ministerio