TEXTO PAGINA: 3
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de agosto de 2009 400669 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N° 001-2009-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE AUTORIZA AL CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA LUIS JAVIER GONZALES POSADA EYZAGUIRRE A DESEMPEÑAR COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE CARÁCTER INTERNACIONAL El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el artículo 92º de la Constitución Política del Perú y el artículo 19º, inciso a), del Reglamento del Congreso, ha resuelto autorizar al congresista de la República Luis Javier Gonzales Posada Eyzaguirre para que, con ocasión de su participación en el Coloquio sobre la Cooperación Afro-Árabe-Ibero- Latinoamericana: “Gobiernos y Sociedades Civiles”, realizado en la ciudad de Rabat, Reino de Marruecos, sostenga reuniones en representación del Estado peruano, con las más altas autoridades de ese país a fi n de promover la más amplia participación y respaldo con miras a la III Cumbre América del Sur-Países Árabes (ASPA) que se llevará a cabo en el Perú en el primer semestre de 2011, debiendo presentar informe a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República. Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los once días del mes de agosto de dos mil nueve. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República MICHAEL URTECHO MEDINA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 382741-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de representante del INDECOPI a Costa Rica para participar en la Asamblea General de la Cooperación Interamericana de Acreditación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 203-2009-PCM Lima, 11 de agosto de 2009 Vista, la Carta Núm. 189-2009/GEG-INDECOPI, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 30 de agosto al 5 de setiembre de 2009 en la ciudad de San José, República de Costa Rica, se llevará a cabo la Asamblea General de la Cooperación Interamericana de Acreditación (IAAC); Que, el INDECOPI es miembro pleno del Acuerdo de Reconocimiento Multilateral de la Cooperación Interamericana de Acreditación; Que, la Asamblea General tiene como objetivo principal revisar el trabajo realizado durante el año y plantear las futuras actividades a seguir; Que, resulta importante la participación de un representante del Servicio Nacional de Acreditación del INDECOPI en la Asamblea General dado que se podrá intercambiar experiencias con los diferentes miembros de la región; Que, los gastos en los que incurra dicho representante por concepto de pasajes aéreos y parte de viáticos serán fi nanciados por la Organización de Estados Americanos, siendo de cargo del INDECOPI los gastos por concepto de viáticos restantes y la tarifa única por uso de aeropuerto; De conformidad con la Ley Núm. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Núm. 047-2002- PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Estela Contreras Jugo, Ejecutivo 1 del Servicio Nacional de Acreditación del INDECOPI, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 29 de agosto al 6 de setiembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos de viaje para la participación en el citado evento, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 000,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 382778-2 AGRICULTURA Encargan funciones de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0600-2009-AG Lima, 7 de agosto de 2009