Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2009 (12/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

400686
DNTP UNIDAD EJECUTORA 1006 REGION MORDAZA - SALUD MACUSANI 1007 REGION MORDAZA - SALUD MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA 930 REGION SAN MORDAZA - SALUD SAN MORDAZA 1058 REGION SAN MORDAZA - SALUD ALTO MORDAZA 1059 REGION SAN MORDAZA - SALUD HUALLAGA CENTRAL 1060 REGION SAN MORDAZA - SALUD ALTO HUALLAGA GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 935 970 940 941 950 951 952 OPD 1235 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS TOTAL CALENDARIO INICIAL S/ REGION TACNA - SALUD TACNA REGION TACNA - HOSPITAL DE APOYO MORDAZA UNANUE REGION TUMBES - SALUD TUMBES REGION TUMBES - HOSPITAL DE APOYO JAMO TUMBES REGION UCAYALI - SALUD UCAYALI REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO DE PUCALLPA REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO YARINACOCHA

NORMAS LEGALES
TOTAL 0.00 0.00 6,578.85 2,318.91 3,859.96 399.98 0.00 1,286.46 711.90 574.56 5,731.91 2,257.10 3,474.81 1,781.98 293.04 1,233.07 215.61 40.26 0.00 310,000.00

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de agosto de 2009

la autoridad competente, por el incumplimiento a las condiciones establecidas en estos, en los planes de manejo forestal respectivos o legislacion forestal vigente; asi como al ejercicio de la potestad sancionadora por las infracciones a las disposiciones contenidas en la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, respectivamente; Que, resulta necesario que el OSINFOR apruebe las normas de procedimiento que regulen el ejercicio de las referidas facultades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1085, y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico. Aprobar el Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico del OSINFOR, para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y la declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion, permisos y autorizaciones de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion, el mismo que consta de veinticuatro (24) articulos, una (1) Disposicion Complementaria Transitoria y un (01) Anexo. Articulo 2°.- Publicacion La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. El anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion sera publicado en el MORDAZA Electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros, www.pcm.gob.pe y del OSINFOR www.osinfor.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA E. MORDAZA Presidente Ejecutivo 381624-1

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

1175 REGION UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD Nº 3 ATALAYA

382307-1

ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA MORDAZA
Aprueban Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico del OSINFOR
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 021-2009-OSINFOR MORDAZA, 6 de agosto de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 30-2009-OSINFOR/DSPAFFS, de fecha 30 de MORDAZA de 2009, mediante el cual el Director de Supervision de Concesiones Forestales y de Fauna MORDAZA y el Director de Supervision de Permisos y Autorizaciones Forestal y de Fauna MORDAZA, manifiestan la necesidad de contar con una MORDAZA de procedimiento que regule el ejercicio de las funciones senaladas en los numerales 3.6 y 3.7 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1085, Ley que crea el Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; asi como el Informe Legal Nº 007-2009-OSINFOR/DSCFFS, de fecha 05 de agosto de 2009, que recomienda la aprobacion del Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico del OSINFOR; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1085, de fecha 27 de junio del 2008, se crea el Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA, como Organismo Publico Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado a nivel nacional de la supervision y fiscalizacion del aprovechamiento sostenible y la conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, asi como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, en el numeral 3.5. del articulo 3° del Decreto Legislativo Nº 1085, se establece que el OSINFOR es competente para dictar las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, asi como aquellas que se refiera a obligaciones o derechos contenidos en los titulos habilitantes; Que, en los numerales 3.6 y 3.7 del articulo 3º del referido Decreto Legislativo, se faculta al OSINFOR, a declarar la caducidad de los derechos de aprovechamiento contenidos en los titulos habilitantes, otorgados por

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 124-2009-OS/CD Mediante Oficio Nº 0898-2009-GART el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 124-2009-OS/CD, publicada en Separata Especial el dia 1 de agosto de 2009. En la pagina 399870, primer parrafo del numeral 2.5.2 de la Resolucion, DICE: 2.5.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, de los resultados mostrados en el Informe Tecnico Nº 0XXX-2009-GART, se observa que la postergacion de la implementacion de algunos componentes, segun lo solicitado por LUZ DEL SUR, conlleva a que en condiciones normales de operacion algunos de ellos reflejen sobrecargas dentro de valores tolerables, sin embargo en condicion N-1 los tramos relacionados con las lineas L-658 y L-659 resultan con sobrecargas excesivas

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