Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2009 (03/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion

407189

Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

430937-1 431054-1

PRODUCE
Decreto Supremo que deroga disposiciones del Reglamento Tecnico de Pilas y Baterias de Zinc Carbon, aprobado por Decreto Supremo Nº 0182005-PRODUCE
DECRETO SUPREMO Nº 031-2009-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2005PRODUCE se aprobo el Reglamento Tecnico de Pilas y Baterias de Zinc Carbon que establece caracteristicas tecnicas y requisitos de rotulado y de etiquetado que deben cumplir las pilas y baterias de zinc carbon, con el fin de proteger al consumidor de productos contaminantes y nocivos a la salud; Que, entre las caracteristicas previstas en el citado Reglamento Tecnico, se establece en el numeral 4.4 de su articulo 4º, que las pilas y baterias de zinc carbon deberan ser fabricadas con una envoltura metalica, que es definida en el numeral 3.9 de su articulo 3º como un blindaje de MORDAZA que brinda una proteccion total a la pila o bateria previniendo la fuga de electrolitos; Que, mediante Resolucion Nº 1289 publicada el 12 de noviembre de 2009 en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA determino que la exigencia de la envoltura metalica MORDAZA referida constituye una "restriccion" al comercio en los terminos del articulo 73º del Acuerdo de Cartagena; Que, en ese sentido, corresponde derogar el numeral 3.9 del articulo 3º y el numeral 4.4 del articulo 4º del Reglamento Tecnico de Pilas y Baterias de Zinc Carbon aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y su modificatoria; DECRETA: Articulo 1º.- Derogacion de disposiciones del Reglamento Tecnico de Pilas y Baterias de Zinc Carbon Deroguese el numeral 3.9 del Articulo 3º y el numeral 4.4 del articulo 4º del Reglamento Tecnico de Pilas y Baterias de Zinc Carbon aprobado por Decreto Supremo Nº 0182005-PRODUCE. Articulo 2º.- Vigilancia del Cumplimiento del Reglamento Tecnico El Ministerio de la Produccion, en el MORDAZA de sus funciones asignadas por el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones, y el Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Tecnico para Pilas y Baterias de Zinc Carbon, desarrollara acciones de fiscalizacion destinadas a verificar que las pilas y baterias de zinc carbon que se comercializan en el MORDAZA interno cumplan con los requisitos previstos en el Reglamento Tecnico MORDAZA indicado, en especial el requisito establecido en el numeral 4.1 de su articulo 4º. Articulo 3º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de la Produccion, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve.

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comision Especial constituida por R.S. N° 226-2009-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 353-2009-TR
MORDAZA, 27 de noviembre de 2009 VISTO: El Oficio Nº 1006-2009-MTPE/2-CCC, del 23 de Octubre de 2009, del Coordinador de Ceses Colectivos; y. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 226-2009-PCM del 2 de setiembre de 2009, se constituyo una Comision Especial, adscrita al Ministerio de Justicia y de naturaleza temporal, encargada de analizar los alcances de la recomendacion emitida por la Comision Interamericana de Derechos Humanos y proponer los mecanismos de implementacion de la misma, respecto a la peticion formulada por el Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Tecnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA ­ SIFUSE, a favor de 233 trabajadores, asi como analizar los hechos que dieron lugar a la peticion formulada por el Sindicato Unico de Trabajadores de Petroleos del Peru MORDAZA Noreste ­ Talara, ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, a fin de recomendar la adopcion de medidas pertinentes a favor de 85 trabajadores, disponiendose que, en ambos casos, se propondran los mecanismos de implementacion de un Acuerdo de Solucion Amistosa; Que, el articulo 2º de la referida Resolucion Suprema establece que la Comision Especial estara integrada por dos (02) representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo que seran designados por Resolucion Ministerial del Titular del Sector, uno de los cuales la presidira; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 251-2009-TR del 8 de setiembre de 2009, se designo al abogado MORDAZA MORDAZA Herbozo MORDAZA, Asesor Tecnico de Alta Direccion, como Presidente de la Comision Especial y a la abogada MORDAZA MORDAZA Cuica, Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica, como representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante la Comision Especial a que hace referencia el primer considerando; Que, los funcionarios designados precedentemente ostentan cargos de confianza de responsabilidad directiva, lo que podria en algun momento afectar la asistencia a las reuniones que la Comision Especial convoque, por lo que es necesario designar a los representantes alternos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante la Comision Especial creada por Resolucion Suprema Nº 226-2009-PCM; Que, a traves del Oficio del visto se solicita considerar la propuesta de designacion de representantes alternos ante la referida Comision Especial; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 226-2009-PCM; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como representantes alternos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.