Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2009 (03/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de diciembre de 2009

coherente, los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, a fin de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, en aplicacion de lo dispuesto en la Ley N° 29151, el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo, y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario del predio de 3 308,89 m², constituido por el Lote 21 de la Manzana B-2, de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, I Etapa, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 259745 con continuacion en la Partida Nº 45221938 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP N° 1530, correspondiente al departamento de Lima; Que, el citado predio forma parte del aporte reglamentario a favor de Educacion, en virtud de la Resolucion de Alcaldia Nº 2599, de fecha 8 de junio de 1982, por lo que de conformidad con el literal a) numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, el articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-89-VC-5600, de fecha 3 de febrero de 1989, se dispuso la afectacion en uso del predio MORDAZA citado, a favor del Archivo General de la Nacion, para que sea destinado a la construccion de un local para el desarrollo de sus funciones; Que, por Resolucion Nº 228-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 16 de octubre de 2009, se aprobo la renuncia a la afectacion en uso a favor del Estado, formulada por el Archivo General de la Nacion, del inmueble submateria, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 2) del articulo 105º del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal N° 0663-2009/SBN-GO-JAD de fecha 1 de diciembre de 2009, corresponde declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su reglamento Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion N° 066-2009/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado 3 308,89 m², constituido por el Lote 21 de la Manzana B-2, de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, I Etapa, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 259745 con continuacion en la Partida Nº 45221938 del Registro de Predios de Lima. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion procedera a inscribir lo resuelto en el Articulo Primero y Segundo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen exclusion del "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa - MORDAZA Emision" y "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa - Sexta Emision" de Ransa Comercial S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 068-2009-EF/94.06.3
MORDAZA, 4 de noviembre de 2009 VISTOS: El Expediente Nº 2009032881 y el Informe Interno Nº 606-2009-EF/94.06.3, del 4 de noviembre de 2009, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Gerencia General Nº 0442004-EF/94.11, del 30 de MORDAZA de 2004, se dispuso la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores (RPMV) del "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa" de Ransa Comercial S.A., hasta por un monto MORDAZA en circulacion de quince millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 15 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles y el registro del prospecto informativo correspondiente en el RPMV; Que, en el MORDAZA del referido programa, el 7 de MORDAZA de 2008 se inscribieron automaticamente los valores denominados: "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa ­ MORDAZA Emision" y "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa ­ Sexta Emision", por un monto de cuatro millones cuatrocientos y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 4 400 000,00) y veintinueve millones setecientos cuarenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 29 740 000,00), respectivamente; Que, Ransa Comercial S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los valores denominados: "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa ­ MORDAZA Emision" y "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa ­ Sexta Emision", del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 132, inciso a), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de deslistar los valores MORDAZA referidos y elevo el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37, inciso b), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece como causal para la exclusion de un valor la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados: "Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa ­ MORDAZA Emision" y

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