Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2009 (06/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de enero de 2009 387720 Rural - AGRO RURAL, constituyéndolo como Unidad Ejecutora adscrita al Viceministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008- AG, se aprueba el Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, estableciéndose su Estructura Orgánica; Que, con el objetivo de desarrollar las funciones institucionales para las cuales se crea AGRO RURAL, se debe implementar la estructura orgánica establecida efectuándose las designándose que resulten necesarias, con arreglo a lo establecido en el Manual de Operaciones aprobado; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27594 “Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos”, en uso de las atribuciones conferidas en el literal e) del numeral 2.1.1. del Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir del 01 de enero del 2009, a la Abog. Sigrid Concepción Reyes Navarro, en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- El egreso que origine la presente resolución será aplicado a las asignaciones genéricas y específi cas del programa respectivo del Presupuesto de Sector Público. Regístrese, comuníquese, y publíquese. RODOLFO LUIS BELTRAN BRAVO Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural 296872-8 DEFENSA Amplían fecha de término de la comisión de servicios de personal del Ejército, a que se refiere la R.S. Nº 302-2006-DE/ EP/DP-2006 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2009-DE/EP/S-1.a/5-5 Lima, 5 de enero de 2009 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 006/S-1.a/5-3, del 17 de marzo de 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 302-2006- DE/EP/DP-2006, se designa al Crl Ing Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, como Asesor e Integrante de la Facultad del Colegio Interamericano de Defensa de los Estados Unidos - Washington, en el período comprendido del 15 de julio al 31 de diciembre de 2006; Que, con el Ofi cio Nº 3495 DIGEPE/B/01.a del 21 de diciembre de 2006, el señor Embajador, Director Ejecutivo de Política Internacional e Intersectorial del Ministerio de Defensa, designa al Crl Ing Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, para que reciba transitoriamente el cargo como Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, hasta la llegada del señor General nombrado como Jefe de la Delegación del Perú en esa sede, disposición que fue cumplida por el Ofi cial Superior, durante el período comprendido entre el 1 de enero al 11 de marzo de 2007; Que, con Hoja de Recomendación Nº 006/S-1.a/5- 3 del 17 de marzo de 2008, el Comando del Ejército aprobó el pago de remuneraciones por servicios en el extranjero al Crl Ing Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero al 11 de marzo de 2007, dicho pago será cubierto con la cadena de gasto 5.1.1.11.06 afectando recursos del AF-2008, en el cual continuó ejerciendo el cargo principal de Asesor e Integrante de la Facultad del Colegio Interamericano de Defensa de los Estados Unidos de América y Transitoriamente como Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse, la Efi cacia del Acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, el gasto que irrogue la ampliación de permanencia en Comisión de Servicio, será asumida con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército del Perú, Año Fiscal 2008; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar con Efi cacia Anticipada, la fecha de término de la Comisión de Servicio, a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 302-2006-DE/EP/DP-2006, del 6 de julio de 2006; en el sentido de considerar la Comisión de Servicio como Asesor e Integrante de la Facultad del Colegio Interamericano de Defensa y transitoriamente como Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa de los Estados Unidos hasta el 11 de marzo de 2007 al Crl Ing Carlos Javier ROMERO VON BANCELS. Artículo 2º.- El citado Ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º y Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de remuneraciones por servicios en el extranjero de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación extraordinaria por servicios en el extranjero: $ 3,050.00 x 2 meses x 1 persona $ 3,050.00/31x 11 días x 1 persona Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 296879-1