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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2009 (06/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de enero de 2009 387731 VÉRTICE ESTE NORTE 10 472 846,13 8 740 702,53 11 472 272,59 8 740 406,66 12 473 018,81 8 739 950,51 13 473 148,45 8 738 227,90 14 472 315,91 8 738 184,75 15 471 973,08 8 737 623,98 16 472 722,92 8 737 611,52 17 471 605,76 8 735 308,76 18 472 222,38 8 735 088,75 19 472 900,81 8 737 040,81 20 473 233,89 8 737 047,10 21 477 351,31 8 734 714,25 22 478 190,01 8 735 195,04 Artículo 3°.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 296447-1 Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Ministerio para el Año Fiscal 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 611-2008-MEM/DM Lima, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 580-2007-MEM/ DM, de fecha 26 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Ingresos y Egresos, así como la Estructura Funcional Programática de Apertura proporcionada por la Dirección Nacional de Presupuesto Público, correspondiente al Año Fiscal 2008, por Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad y/o Proyecto; Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 5 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural Mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos – DEP, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural – DGER, la misma que ha entrado en funciones el 1 de enero de 2008; Que, por Ley Nº 28749 se aprobó la Ley General de Electrifi cación Rural, la que tiene como objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo efi ciente y sostenible de la electrifi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, mediante Decreto Nº 025-2007-EM se aprobó el Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural por el cual se regula y desarrolla el marco normativo previsto en dicha norma; Que, el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1001 - Decreto Legislativo que Regula la Inversión en Sistemas Eléctricos Rurales (SER) ubicados en Zonas de Concesión, establece que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN transferirá S/.100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a los saldos acumulados de los ejercicios presupuestales anteriores al año 2008 a favor del Ministerio de Energía y Minas para ejecutar obras de electrifi cación rural en forma directa o indirecta a través de las empresas de distribución eléctrica de propiedad estatal; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 029- 2008-EM que contiene Normas Reglamentarias y Complementarias al Decreto Legislativo Nº 1001, establece que mediante resolución del máximo titular del pliego del OSINERGMIN se transferirán los recursos a favor del Ministerio de Energía y Minas, los que posteriormente serán depositados en una cuenta bancaria de la DGER, que para tal efecto se aperture; Que, el artículo 1º de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – Resolución Nº 060-2008-OS/PRES aprobó la transferencia de fondos a favor del Ministerio de Energía y Minas por S/. 100 000 000,00, la cual se realizará, según el artículo 2º de dicha Resolución, en tres tramos; Que, con Memorando Nº 111-08MEM/DGER/JAF/TES, de fecha 1 de septiembre de 2008, y con Memorando Nº 123-08MEM/DGER/JAF/TES de fecha 15 de septiembre, el Área de Tesorería de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, informa a la Jefatura de Administración y Finanzas que el OSINERGMIN ha transferido la suma de S/. 100 000 000,00; Que, la Dirección General de Electrifi cación Rural ha solicitado según Memorándum Nº 993-2008-MEM/DGER/JAF, incorporar al Presupuesto de la Institución recursos hasta por el monto de S/. 100 000 000,00 en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias provenientes de las Transferencias de Recursos efectuadas por OSINERGMIN, destinados a cumplir con el objetivo de promover la electrifi cación rural a cargo de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Pliego 016- Ministerio de Energía y Minas; Que, con Memorando Nº 1058-08-MEM/DGER/JAF, de fecha 24 de diciembre de 2008, la Dirección General de Electrifi cación Rural adjunta los Convenios Nºs 44-08-MEM y 45-08-MEM por S/. 45 998 867,00 y S/. 17 804 780,00 respectivamente; Que, mediante el Memorándum Nº 1064-08-MEM/ DGER/JAF, se solicita incluir la Transferencia Financiera a favor de las empresas públicas Electrocentro S.A. e Hidrandina S.A.; Que, los recursos materia de la transferencia fi nanciera a aprobarse, serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos indicados en el Anexo Nº 1 – Transferencias Financieras a Hidrandina S.A. y Electrocentro S. A. – D. L. 1001; Que, las Transferencias Financieras se realizarán con cargo al Presupuesto aprobado para el presente año fi scal de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Dirección General de Electrifi cación Rural en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, autoriza al Titular de la Entidad a incorporar en su respectivo presupuesto, mediante la Resolución correspondiente, los mayores fondos públicos provenientes de las Fuentes de Financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el año Fiscal; Que, es necesario incorporar en el Presupuesto del Pliego Nº 016 – Ministerio de Energía y Minas, específi camente en la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrifi cación Rural– DGER, la suma de Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Ofi cina de Presupuesto del Pliego Institucional, mediante el Informe Nº 125-2008- MEM-OGP/PRES; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; y, el Texto Único Ordenado Directiva Nº 003 – 2007-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria y Anexos por Nivel de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local Año Fiscal 2008 ;