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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2009 (20/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de enero de 2009 388966 - Un representante de las APAFAS. - Un representante de la Universidad Nacional del Callao. - Un representante de la Dirección Regional de Salud. - Un representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza. - Un representante de la Municipalidad Provincial del Callao. - Un representante de cada Municipalidad Distrital del Callao. - Un representante del Colegio de Profesores. - Un representante de los Institutos Superiores. - Un representante del CONASEC - Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana. - Un representante del área de Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao. La conformación del COPARE será aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional, una vez elegidos los representantes de cada entidad. Artículo 2.- Queda vigente e invariable en todo lo demás que contiene la Ordenanza Regional N° 011- 2004-REGIÓN CALLAO-CR. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 302451-2 Convocan a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la conformación del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional del Callao DECRETO REGIONAL Nº 003 Callao, 12 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que la Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de Descentralización - Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, reconocen a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Consejo de Coordinación Regional es un órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional, presidido por el Presidente Regional, integrado por el Alcalde Provincial, los Alcaldes Distritales y los representantes de la sociedad civil, garantizando la participación de estos últimos en el gobierno, de acuerdo a las funciones establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; Que, en cumplimiento de la Décimo Quinta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 28013, resulta pertinente convocar a elecciones para elegir a los nuevos representantes de la Sociedad Civil como integrantes del Consejo de Coordinación Regional de la Región Callao, quienes deberán ser elegidos en forma democrática y transparente; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 40º de la Ley Nº 27867, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003 de 9 de Febrero de 2007, se aprobó el Reglamento para la Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Regional - CCR del Gobierno Regional del Callao, que consta de cuatro (4) Capítulos, treinta y dos (32) Artículos, tres (3) disposiciones transitorias y dos (2) anexos; Que, mediante Informe Nº 002-2009-REGIÓN CALLAO/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial propone se modifi que el Anexo II por un nuevo cronograma del proceso electoral para elegir a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional - CCR del Gobierno Regional del Callao, para el período 2009-2011; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 027-2008-GRC/GAJ, señala que la propuesta formula por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, respecto a modifi car el Anexo II de la Ordenanza Regional Nº 003 de 9 de Febrero de 2007, se encuentra adecuado al plazo fi jado por la Ley Nº 28013 - Ley que modifi có la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y al procedimiento establecido en dicha ordenanza, por lo que consideran que se encuentra con el debido sustento legal; De conformidad con el Artículo 2º de la Ley Nº 28013; y el uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Convocar a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la conformación del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional del Callao, para el período 2009 - 2010, a llevarse a cabo el 19 de Febrero de 2009, desde las 9.00 horas hasta las 16.00 horas, en la sede institucional del Gobierno Regional del Callao, ubicada en la Av. Elmer Faucett Nº 3970 - Callao. Artículo 2.- Aprobar el Cronograma del Proceso Electoral para elegir a los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Callao para el periodo 2009 - 2010, en los siguientes términos: Actividad ENE FEB Días hábiles 1.- Aprobación del Decreto Regional 12 Uno 2.- Publicación del Decreto Regional de convocatoria a elecciones 20 21 Dos 3.- Inscripción y evaluación de agrupaciones 23 al 30 4.- Publicación del padrón inicial 02 Uno 5.- Presentación de tachas 03 al 05 Tres 6.- Evaluación y absolución de tachas en primera instancia 05 06 09 Tres 7.- Presentación de recursos de apelación 10 al 11 Dos 8.- Evaluación y absolución de recursos de apelación 12 al 13 Dos 9.- Publicación del padrón fi nal de Delegados Electores 16 y 17 Dos 10.- Proceso de Elecciones 19 Uno 11.- Publicación 23 Uno 12.- Instalación del CCR. 26 Uno Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 302451-1