Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2009 (20/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 20 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, se define las funciones generales y la estructura organica de los Ministerios, precisando en el ultimo parrafo de su articulo 25 que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 4.2 del articulo 4 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le otorga la referida Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones, siendo responsable solidario con el delegado; Que, conforme al literal k) del articulo 12 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, es funcion del Ministro, delegar en los Viceministros y en otros funcionarios las atribuciones y facultades que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado; Que, la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2009; asimismo, la MORDAZA Disposicion Final de la citada Ley, regula el procedimiento de las transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Publicas y Entidades Publicas, para la ejecucion de los proyectos de inversion publica, precisando que la transferencia se autorizada por resolucion del Titular del Pliego, y previamente debe suscribirse el convenio respectivo, el cual establece, principalmente, el objeto del convenio, las obras a desarrollarse, la disponibilidad de recursos y el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA, se crea el Programa "Agua para Todos" en el Viceministerio de Construccion y Saneamiento, que integra las acciones administrativas y otras que se requieran para el desarrollo de las actividades que se ejecuten en el ambito del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, de la Unidad de Gestion del PRONASAR, del Programa de Inversion Social - INVERSAN, de la Unidad Tecnica FONAVI, asi como de otros Proyectos y Programas en materia de saneamiento; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA se crea el "Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos" - PIMBP, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, teniendo entre sus funciones la seleccion e identificacion de areas donde se realizaran intervenciones mediante proyectos de inversion y otros, a traves de los Componentes: "Mejorando Mi Pueblo", "La MORDAZA de Mi Barrio", "Mejorando Mi Quinta" y "Muros de Contencion"; Que, de acuerdo a la estructura organica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establecida en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, resulta necesario delegar en el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, el Director Ejecutivo del "Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos", y el Director Nacional de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las facultades y atribuciones en acciones administrativas de gestion, resolucion y representacion que no MORDAZA privativas del Titular del Pliego; Que, asimismo, resulta necesario designar a los responsables de la administracion y ejecucion presupuestaria en las metas, Actividades y Proyectos de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para el ejercicio fiscal 2009; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nos. 0722007-VIVIENDA, y 008, 010 y 020-2008-VIVIENDA, se han delegado diversas facultades y atribuciones a funcionarios

del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las mismas que son materia de delegacion por la presente Resolucion, por lo que resulta necesario dejar sin efecto las referidas Resoluciones Ministeriales. Con la visacion del Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Viceministro de Construccion y Saneamiento, de la Secretaria General, del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, del Director Ejecutivo del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, y de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29289 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004: Programa "Agua para Todos" del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las facultades y atribuciones siguientes: a) Designar comisiones, comites, comites especiales de procesos de seleccion y similares, asi como la modificacion de la composicion de los mismos que, de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia no requieran expresamente de la intervencion del Titular del Sector. b) Emitir actos administrativos concernientes a la Unidad Ejecutora 004: Programa "Agua para Todos", en el MORDAZA de lo establecido en la Directiva Nº 001-2008VIVIENDA "Directiva Funcional del PAPT", aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 073-2008-VIVIENDA, en tanto se apruebe el Manual de Operaciones de dicha Unidad Ejecutora. c) Celebrar Convenios para la Formulacion de Proyectos de Inversion Publica de Competencia Municipal Exclusiva de conformidad con el Anexo SNIP 13 ­ v 1.1 de la Directiva 004-2007EF/68.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica", aprobada por Resolucion Directoral Nº 009-2007-EF-68.01. d) Representar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en las transacciones y/o procesos de conciliacion extrajudicial, conducentes a solucionar todo MORDAZA de controversia contractual y extracontractual, derivadas de la gestion en la Unidad Ejecutora 004: Programa "Agua para Todos", en el MORDAZA de la legislacion vigente. e) Representar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en todo lo concerniente a la ejecucion de los Contratos de Prestamo PE-P25 y PE-P29, suscritos entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Japan Bank for Internacional Cooperacion ­ JBIC, asi como aprobar las bases de los procesos de seleccion correspondientes a dichos Contratos, los que se regulan por normas especiales distintas a la normatividad de Contrataciones del Estado. f) Representar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante las diferentes Entidades y/o Organismos Publicos en la realizacion de todo MORDAZA de acto y/o actividad que coadyuve a ejecutar las politicas del Sector Vivienda. g) Resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos administrativos derivados de cualquier MORDAZA de procedimientos administrativos, asi como de los procesos de seleccion que se tramiten en la Unidad Ejecutora 004: Programa "Agua para Todos", con excepcion de aquellos procedimientos en los que por MORDAZA expresa se disponga lo contrario. h) Celebrar, modificar y resolver contratos de trabajo al MORDAZA de lo dispuesto en la normativa laboral aplicable, asi como de aquellos contratos derivados de procesos de seleccion convocados de conformidad con la normativa de Contrataciones del Estado que conciernan a la Unidad Ejecutora 004: Programa "Agua para Todos".

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