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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2009 (20/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de enero de 2009 388954 i) Celebrar, modifi car y resolver convenios de prácticas pre-profesionales y convenios de formación laboral juvenil conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, siempre que cuenten con presupuesto aprobado. j) Celebrar, modifi car y resolver contratos de servicios de consultoría, consultoría de obras, ejecución de obras, contratos de adquisición de bienes y materiales de construcción; aprobar liquidaciones de obras, presupuestos adicionales y deductivos de obras, ampliaciones de plazos y suscribir convenios específi cos; así como emitir todo tipo de actos, comunicación e informe, en el marco del encargo de las obras y proyectos inconclusos de la UTE FONAVI establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 28452. k) Celebrar, modifi car y resolver Contratos Administrativos de Servicios derivados de la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. l) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales siempre que se cuente con la asignación presupuestal necesaria, o la reducción de las mismas, ambas hasta por el quince por ciento (15%) del monto del contrato que tenga como objeto la contratación de servicios o la adquisición de bienes, para el caso de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad con la normativa vigente de Contrataciones del Estado, que lleve a cabo la Unidad Ejecutora 004: Programa “Agua para Todos”. m) Aprobar la ejecución de obras adicionales para las contrataciones que lleve a cabo la Unidad Ejecutora 004: Programa “Agua para Todos”, de conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y modifi catorias. n) Aprobar la asignación sufi ciente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro, cuando las propuestas económicas de los postores superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%) del mismo, en los casos previstos en la normativa de Contrataciones del Estado, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria correspondiente. En el caso de contratación de Obras, adicionalmente se deberá verifi car que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. o) Aprobar las Bases de los procesos de selección que se establezcan en la normativa de Contrataciones del Estado. p) Cancelar procesos de selección de conformidad con la normativa de Contrataciones del Estado. q) Aprobar contrataciones y adquisiciones complementarias de bienes y servicios, presupuestos adicionales y deductivos de obras y, ampliaciones de plazos de conformidad con la normativa de Contrataciones del Estado. r) Todas las facultades y atribuciones que de acuerdo a la normativa de Contrataciones del Estado, puedan ser delegadas. s) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes y demás actos administrativos de disposición que conciernan a la Unidad Ejecutora 004: Programa “Agua para Todos”. Artículo 2º.- Delegar en el Coordinador General de la Unidad de Gestión del Proyecto PRONASAR, siempre que sea el área usuaria, la suscripción de convenios marcos y específi cos, contratos de ejecución de obra, consultorías, consultorías de obras, bienes y servicios, adquisición de materiales de construcción, adicionales y deductivos de obra, así como, la aprobación de expedientes técnicos, resolución de contratos y documentos de liquidación de los referidos contratos, en el marco de la Enmienda al Convenio de Préstamo N° 7142-PE. El Coordinador General de la Unidad de Gestión del Proyecto PRONASAR deberá remitir mensualmente al Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004: Programa “Agua para Todos” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, un informe técnico, legal y fi nanciero dando cuenta de las acciones adoptadas para el cumplimiento de las metas previstas en el ejercicio fi scal vigente, así como de la implementación de las recomendaciones efectuadas por la Dirección Ejecutiva. Artículo 3º.- Delegar en el Director Nacional de la Dirección Nacional de Construcción del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, las siguientes facultades y atribuciones: a. Autorizar la adscripción y renovación de peritos. b. Suscribir Convenios de Cooperación Interinsti- tucional necesarios para el cumplimiento de sus funciones de normalización y tasaciones. c. Suscribir contratos con peritos y supervisores. d. Designar y modifi car la composición de los comités técnicos de normalización Artículo 4º.- Delegar en el Director Ejecutivo del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la facultad celebrar en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, convenios sobre transferencias de recursos a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Entidades Públicas, para la ejecución de Proyectos de Inversión que se encuentren debidamente seleccionados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- Designar a los responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre la base de criterios de efi ciencia, efi cacia y economía, así como de su ejecución presupuestaria en el ámbito de Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades, Proyectos, Componentes y el logro de las metas presupuestarias previstas en el Presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2009, de acuerdo al siguiente detalle: UNIDAD EJECUTORA RESPONSABLE Nº DENOMINACIÓN 001 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General Director General de la Ofi cina General de Administración 004 Programa “Agua para Todos” Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004 Artículo 6º.- Los responsables de las Unidades Ejecutoras garantizarán la legalidad y el control de los ingresos y gastos, y el cumplimiento de las reglas de carácter presupuestario, de acuerdo a la normatividad vigente, la implementación en sus distintas dependencias de las disposiciones establecidas por la Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG que aprueba las Normas de Control Interno, y en el marco de las Directivas de Ejecución del Proceso Presupuestario o la que haga sus veces, que emita el Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, los responsables de las Unidades Ejecutoras que en virtud de la presente Resolución Ministerial, ejercerán funciones de índole administrativo, deberán garantizar la legalidad y la buena marcha en la gestión de los sistemas administrativos que le correspondan, de lo cual informarán periódicamente al Secretario General sobre los resultados de la gestión. Artículo 7º.- Para la ejecución de las metas físicas y fi nancieras de las Actividades y Proyectos de las Unidades Ejecutoras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se designa a los funcionarios responsables, para el año fi scal 2009, de acuerdo al detalle que se describe en los Anexos I y II que forman parte de la presente Resolución. Artículo 8º.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 9º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nºs. 072-2007-VIVIENDA, y 008, 010 y 020- 2008-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento